Muchas personas desconocen que tienen derecho a ser indemnizados si tras sufrir lesiones graves en un accidente de tráfico, necesitan una operación. La indemnización por intervención quirúrgica por accidente de tráfico está contemplada en la Ley 35/2015, de 22 de Septiembre, por lo que se incluyó por primera vez en el baremo del año 2016. 

 

A este tipo de indemnización se le llama formalmente “perjuicio personal particular por intervención quirúrgica». Está incluida dentro de la partida destinada a compensar el perjuicio personal básico, al igual que la indemnización por días de ingreso en la UCI, por ingreso hospitalario o por días de baja laboral. 

 

Queremos resolver todas tus dudas, así que hemos preparado esta guía para explicarte todo lo que necesitas saber sobre la indemnización por intervención quirúrgica.

 

¿Qué se considera una intervención quirúrgica? 

 

Aunque comúnmente se le llama cirugía, en realidad lo correcto es hablar de operación o intervención quirúrgica, puesto que se trata de operar o intervenir, ya sea de forma total o parcial; sobre una herida o una lesión ocasionada en este caso por un accidente de tráfico. 

 

El objetivo de una intervención quirúrgica es diagnosticar, tratar o rehabilitar el daño, independientemente de que su alcance sea mayor o menor, con la ayuda de instrumental especializado, anestesia local o general, y las medidas de desinfección y esterilización que sean necesarias.  

 

Cómo se calcula la indemnización por intervención quirúrgica en accidente de tráfico 

De acuerdo con el sistema de valoración de los daños y perjuicios causados en accidentes de circulación, el cálculo de la indemnización con la que se compensará al lesionado por cada una de las intervenciones quirúrgicas que precise, va a depender de la complejidad de las mismas, de si su vida está en peligro, del tipo de anestesia que se va a utilizar y de las características técnicas de la operación.

 

El artículo 140 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, incluye una tabla donde se indica una cantidad mínima y una máxima para cada tipo de operación. Según esta, cada cirugía puede ser indemnizada con un mínimo de 400 € y un máximo de 1.600 €.

 

Por tanto, para calcular este tipo de indemnización, es muy importante determinar a qué Grupo de Intervenciones Quirúrgicas pertenece la operación, por lo que a continuación veremos qué es esto y cómo funciona. 

 

Grupo de intervenciones quirúrgicas y cómo funciona 

 

Teniendo en cuenta lo que hemos visto en el apartado anterior, un Grupo de Intervenciones Quirúrgicas es una categoría en la que se clasifican una serie de operaciones o intervenciones en función de sus características, complejidad, etc. Por tanto, para poder calcular el importe exacto de la indemnización, hay que clasificar la intervención que ha sufrido la víctima en un grupo concreto.  

 

Para ello, la Clasificación Terminológica y Codificación de Actos y Técnicas Médicas, establece nueve grupos o categorías que son los siguientes:

  • Grupo 0 (de 400 a 500 €): sutura de heridas o cura y limpieza de quemaduras.
  • Grupo 1 (de 501 a 600 €): fractura simple de huesos o extracción de cuerpos extraños en cara y cuello, entre otras.
  • Grupo 2 (de 601 a 700 €): entre otras, sutura de heridas graves, desgarros musculares o movilización ortopédica de hombro, rodilla, etc, con anestesia.
  • Grupo 3 (de 701 a 850 €): roturas musculares, quemaduras medianas o lesiones articulares sin fractura, entre otras. 
  • Grupo 4 (de 851 a 1.000 €): entre otras, roturas de tendones, reconstrucción de ligamentos, fracturas abiertas o amputación de extremidades.
  • Grupo 5 (de 1.001 a 1.150 €): fracturas o luxaciones graves, hernia de disco, entre otras.
  • Grupo 6 (de 1.151 a 1.300 €): entre otras, injertos de hueso, músculo o piel.
  • Grupo 7 (de 1.301 a 1.450 €): trasplantes y reconstrucciones complejas, entre otras.
  • Grupo 8 (de 1.451 a 1.600 €): corrección quirúrgica de columna, reimplante de un miembro, entre otras. 

 

No obstante, a veces es difícil clasificar una intervención quirúrgica en un grupo concreto, por eso es necesaria la intervención de un perito médico y un abogado especialista en indemnizaciones por accidente de tráfico. 

 

¿La intervención quirúrgica puede solaparse con otros conceptos? 

 

La indemnización por intervención quirúrgica es una partida autónoma e independiente dentro del apartado que compensa el perjuicio personal básico sufrido por las lesiones temporales causadas por un accidente de tráfico. Es decir, este concepto no se solapa con ningún otro, por tanto, los días de ingreso hospitalario o las secuelas que sean consecuencia de dicha operación se deben valorar e indemnizar aparte en otras partidas. 

 

Lesiones en accidente de tránsito más frecuentes que necesitan intervención quirúrgica 

 

En los accidentes de tráfico, ya sea de coche, de motocicleta o de ciclomotor; siempre hay una serie de lesiones que se repiten con más frecuencia y que suelen necesitar una intervención quirúrgica:

  • Traumatismos craneoencefálicos y otras contusiones en la cabeza.
  • Fracturas nasales y fuertes golpes en el rostro.
  • Fracturas simples o abiertas, especialmente en los miembros inferiores del cuerpo. 
  • Quemaduras de distinto grado. 
  • Aplastamiento o amputación de algún miembro.

 

Diferentes cirugías, indemnizaciones por separado 

 

En ocasiones, hay lesiones que requieren más de una intervención quirúrgica para su tratamiento, estabilización o rehabilitación. Por tanto, el lesionado puede solicitar una indemnización por cada una de las operaciones que haya necesitado para reparar el daño sufrido en un accidente de tráfico. Además, no existe un número máximo de intervenciones que se pueden indemnizar, sino que se podrán reclamar todas y cada una de ellas.