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Indemnizaciones por Accidente de Tráfico con Animales

3 de enero de 2026

Indemnizaciones por Accidente de Tráfico con Animales

Los accidentes causados por la irrupción de animales en la calzada —ya sean salvajes o domésticos— son una realidad creciente. En 2026, la normativa es muy específica sobre quién debe pagar los platos rotos. Debido a la complejidad de estos casos, hemos preparado esta guía detallada sobre Indemnizaciones por accidente de tráfico con animales para resolver todas tus dudas legales. Sin en vez de leer, prefieres hablar con un abogado, en Trafilex te asesoramos sin ningún compromiso para evaluar tu caso.

 

¿Qué hay que saber acerca de un accidente de tráfico con animales?

 

Lo fundamental es distinguir entre animales salvajes (especies cinegéticas) y animales domésticos. La ley aplica criterios de responsabilidad radicalmente distintos para cada grupo. En ambos casos, el atestado policial es la pieza clave para poder iniciar cualquier reclamación.

 

¿Quién es culpable en un accidente de tráfico con animales salvajes?

 

Desde la reforma de la Ley de Seguridad Vial, la regla general es que el responsable es el conductor del vehículo. No obstante, existen excepciones legales donde la culpa recae en:

 

El titular del coto de caza: Si el accidente es por una acción de caza colectiva ese mismo día o 12 horas antes.

 

El titular de la vía (Administración): Por falta de mantenimiento del vallado o ausencia de señalización específica en tramos de alta accidentalidad.

 

¿Quién tiene derecho a indemnización por el atropello de un animal salvaje?

 

Los pasajeros: Siempre tienen derecho a ser indemnizados por sus lesiones, ya que son víctimas ajenas a la causa del accidente.

 

El conductor: Solo tendrá derecho si se demuestra la responsabilidad del coto de caza o de la Administración (titular de la vía).

 

¿Qué debes saber acerca de los accidentes de tráfico con perros?

 

A diferencia de los animales salvajes, los perros tienen un propietario legal. Bajo el Artículo 1905 del Código Civil, el dueño es el responsable de los daños que cause el animal, lo que facilita la reclamación si se logra identificar al propietario a través del microchip.

 

¿Cuándo se tiene derecho a una indemnización por atropello de un perro?

 

Tienes derecho cuando el accidente no es tu culpa. Por ejemplo, si el perro irrumpe súbitamente en la vía. Si eres el dueño del perro, solo cobrarás si el atropello ocurrió mientras el animal estaba debidamente atado y cumpliendo las normas (por ejemplo, en un paso de cebra).

 

¿Cuándo se considera que el perro ha sido causante del accidente de tráfico?

 

Se considera causante siempre que irrumpa en la calzada sin control. En este supuesto, el dueño del perro es el responsable civil de los daños materiales del coche y las lesiones de los ocupantes.

 

¿Qué ocurre en los accidentes de tráfico con perros como pasajeros?

 

En 2026, la sensibilidad jurídica hacia las mascotas ha crecido. Si tu perro viaja contigo y el accidente es culpa de otro vehículo, tienes derecho a que la aseguradora del culpable pague sus gastos veterinarios. Ojo: Si el perro iba suelto dentro del coche, podrías perder este derecho por incumplir las normas de seguridad.

 

¿Qué debo hacer en un accidente de tráfico si mi mascota sufre daños?

 

Prioriza la seguridad: Señaliza la zona.

Llama a la policía: Para que levante atestado.

Acude al veterinario: Solicita un informe detallado y facturas de cada gasto.

Fotos: Documenta la escena y las lesiones del animal.

 

¿Existen seguros para proteger a un animal doméstico en caso de atropello?

 

Sí. Existen seguros específicos de mascotas y, a menudo, los seguros de hogar incluyen la Responsabilidad Civil que cubre los daños que tu perro pueda causar a terceros en un accidente.

 

¿Puedo reclamar una indemnización si atropello a un animal salvaje y sufro un accidente?

 

Solo si puedes demostrar que el accidente fue por una cacería reciente (12h previas) o por un mal estado de la carretera/vallas. Si fue una irrupción aleatoria en condiciones normales, la ley actual no te permite reclamar al coto.

 

¿Pueden reclamar una indemnización los pasajeros del coche que atropelló a un animal salvaje?

 

Sí, sin ninguna duda. Los ocupantes nunca son responsables del siniestro. Cobrarán del seguro del conductor (si este no tiene la culpa) o del seguro de la parte responsable (coto o Administración).

 

¿A quién debe reclamarse la indemnización por accidente de tráfico con animales salvajes?

 

Dependiendo de la prueba:

Al titular del aprovechamiento cinegético (dueño del coto).

Al titular de la vía (Ministerio de Transportes, Junta o Ayuntamiento).

A la propia aseguradora del vehículo (en el caso de los ocupantes).

 

¿Tengo derecho a reclamar una indemnización si atropellan a mi perro cuando lo llevaba atado?

 

Sí. Si cumplías las normas de circulación (iba atado por zona habilitada), el conductor del vehículo (o su seguro) debe indemnizarte por los gastos de curación o el valor del animal si fallece.

 

¿A quién debe reclamarse la indemnización por accidente de tráfico con animales domésticos?

 

A la aseguradora del vehículo si eres el dueño del perro atropellado injustamente, o al dueño del perro si tú eres el conductor afectado por la irrupción del animal.

 

¿Puedo solicitar una indemnización si mi perro se escapa y se lesiona en un accidente de tráfico?

 

No. Si el perro se escapa, el dueño incurre en una negligencia en la custodia. No solo no cobrarás, sino que es probable que recibas una reclamación por los daños causados al vehículo.

 

¿En un accidente de tráfico donde colisionan dos coches, una mascota puede ser indemnizada?

 

Sí. Si el accidente es entre dos vehículos, la mascota del conductor no culpable se considera un "bien" dañado o un miembro de la unidad familiar con derecho a reparación de daños (gastos veterinarios).

 

¿Qué necesito para la reclamación de indemnización por atropello de animal doméstico?

 

Atestado policial.

Identificación del chip del animal.

Informe pericial veterinario.

Facturas de gastos (clínica, medicamentos, transporte).

Fotos del lugar del siniestro.

 

¿Cómo puede ayudarte Trafilex?

 

Los accidentes con animales suelen terminar en el rechazo sistemático de las aseguradoras. En 2026, las cuantías del Baremo han subido (un 2,7% respecto al año anterior), y las compañías intentarán evitar el pago alegando falta de pruebas.

 

En nuestro despacho, gestionamos el peritaje de la vía y la identificación de responsables para que tú solo te preocupes de tu recuperación (y la de tu mascota). Recuerda: si tienes cobertura de defensa jurídica en tu póliza, nuestros servicios podrían salirte gratis.

 

¿Has tenido un accidente con un animal y no sabes por dónde empezar? Podemos ayudarte a revisar el atestado policial para determinar si el titular de la vía o el dueño del animal deben hacerse cargo de los daños. ¿Te gustaría que analizáramos tu caso sin compromiso?

Pasos a seguir tras sufrir un accidente de tráfico en 2026

2 de enero de 2026

Pasos a seguir tras sufrir un accidente de tráfico en 2026

Si tienes un vehículo y circulas con él, estás expuesto a poder sufrir un accidente de circulación, por eso es de vital importancia como actuar si has sufrido un accidente y has sufrido lesiones leves. Este tipo de accidentes ocupa el más elevado porcentaje de la siniestralidad en nuestras carreteras.

 

Con carácter previo, te ponemos en conocimiento de que no tienes el deber de soportar las lesiones que hayas sufrido a consecuencia de un accidente de circulación del que no eres responsable. Por ello, tienes derecho a una indemnización para compensar esos daños personales ocasionados.

 

Intercambio de datos entre los implicados

 

Lo primero que debes hacer cuando sufres un accidente con tu vehículo, o eres atropellado, es intercambiar los datos personales, matrículas de los vehículos y compañías de seguro con la otra parte. Esto sería lo normal, pero pueden ocurrir hasta 4 casos tras un accidente de tráfico.

 

Que los implicados están de acuerdo

 

Los implicados están de acuerdo con lo que ha ocurrido y comparten la versión de los hechos, de esa forma se refleja en el parte amistoso. Este debe estar firmado por ambos implicados para que sea válido, y cada uno debe quedarse con una copia firmada.

 

Que los implicados no están de acuerdo

 

Puede ocurrir lo contrario, que ninguna de las partes esté de acuerdo, en este caso, lo más aconsejable es llamar a la policía para que realice un atestado. La parte negativa de esta situación es que la gestión del siniestro puede demorarse, ya que las aseguradoras deben ponerse de acuerdo para comprobar quien tuvo la culpa.

 

Si no se hace parte amistoso ni se llama a la policía

 

Si no hay parte amistoso ni atestado policial ni entendimiento entre los implicados, es obligatorio intercambiarse los datos para que cada parte implicada de parte del accidente a su compañía aseguradora. 

 

Si el otro implicado no nos facilita los datos

 

Si la otra parte no colabora en facilitarnos los datos, es fundamental que al menos tomemos nota de la matrícula para poder llegar a identificar al propietario de ese vehículo y en qué compañía se encuentra asegurado

 

En el caso de que la otra persona implicada no esté de acuerdo ni quiera facilitar sus datos, lo correcto será anotar su matrícula para poder dar parte al seguro e identifiquen el vehículo de la otra parte implicada.

 

Asistencia sanitaria

 

En segundo lugar, es de vital relevancia que recibas una primera asistencia sanitaria en cualquier centro médico, dentro de un periodo máximo de 72 horas desde la ocurrencia del siniestro.

 

Comunicar a la compañía aseguradora el accidente

 

A continuación, llama a tu aseguradora para dar el parte de lo ocurrido, relatando la dinámica del accidente, e indicando si existen lesionados. La Ley de Contrato de Seguros, establece un plazo de 7 días para realizar dicha comunicación.

 

Indemnización si hay lesiones

 

Por último, debes saber que, tienes derecho a recibir de manera gratuita un tratamiento médico para curar tus lesiones, así como asistencia médica por el facultativo correspondiente hasta recibir el alta definitiva. 

 

Lo que podrás llevar a cabo en diversas clínicas a tu elección, en función de la cercanía a tu domicilio.  

 

Una vez que tus lesiones están estabilizadas y has recibido el alta, tus lesiones son susceptibles de valoración y es hora de reclamar tu indemnización

Por qué el Informe Médico Forense en un accidente de tráfico es importante

1 de enero de 2026

Por qué el Informe Médico Forense en un accidente de tráfico es importante

Cuando estás en un proceso de reclamación de indemnización, a veces surgen diferencias entre la versión del perito del seguro y la víctima sobre el alcance de las lesiones. En estos casos, existe la posibilidad de solicitar la intervención de un médico forense para que explore al lesionado y realice un informe. El papel de este informe médico forense en un accidente de tráfico es muy valioso, ya que es capaz de relacionar las lesiones y secuelas que presenta una persona con lo ocurrido en un siniestro. 

 

Hasta 2016, la única forma de obtener un informe forense de forma gratuita era que el accidente de circulación estuviera siendo investigado por la vía penal. Sin embargo, desde la entrada en vigor del Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, cualquier víctima de accidente de coche tiene la posibilidad de solicitar sin coste alguno y de forma  extrajudicial un informe forense para acreditar el alcance de sus lesiones.

 

Así que si en este momento te encuentras tramitando una reclamación de indemnización por accidente de tráfico, aquí te explicamos todo lo que debes saber sobre el informe médico forense

 

Qué es un informe médico forense y por qué es importante 

 

Un informe médico forense es un documento que vincula las lesiones que presenta una persona, con lo ocurrido en un accidente de circulación. Para ello, el forense toma como referencia las pruebas que se han realizado a la víctima, las lesiones diagnosticadas y el periodo de rehabilitación que ha necesitado para recuperarse de las mismas. Además, el informe forense también recoge qué secuelas de tipo funcional, psicológico o estético presenta el lesionado una vez finalizada la rehabilitación.  

 

Este informe es un documento objetivo, puesto que:

  • Las dos partes, perjudicado y aseguradora, tienen derecho a solicitar que en el informe se incluya cualquier aspecto que consideren oportuno.
  • Ni la víctima ni la compañía pueden elegir al médico forense que va a realizar la exploración y el informe.
  • Nunca se asigna al mismo médico por defecto los casos de una misma aseguradora.  

Por tanto, el informe médico forense es fundamental puesto que: 

  • Permite que los encargados de calcular la indemnización puedan cuantificar mejor el alcance de las lesiones.
  • Ayuda al lesionado a obtener una indemnización más justa y acorde con los daños y perjuicios sufridos. 
  • En caso de tener que acudir a la vía judicial, el informe forense ofrece al tribunal información más precisa y detallada, desde un punto de vista científico y médico, sobre los hechos ocurridos. 

 

¿Conseguir informe forense? 

 

Para conseguir un informe médico forense, es necesario presentar una solicitud ante el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del lugar donde se produjo el accidente o donde se encuentre el domicilio de la víctima.

 

La solicitud puede hacerla el perjudicado, la compañía de seguros o ambas partes de común acuerdo. No obstante, cuando sea la aseguradora la que solicite este informe, tendrá que tener la autorización de la víctima. 

Junto a la solicitud, hay que entregar la siguiente documentación: 

  • La oferta motivada presentada por la aseguradora.
  • La documentación médica que tenga el lesionado y la emitida por la aseguradora.
  • Cualquier otra documentación, fotografías, informes, etc., que puedan ser útiles.  

 

Antes de aceptar la solicitud, si el Instituto de Medicina Legal advierte algún error o falta puede requerir que se subsane en un plazo de 10 días. En caso de que todo esté correcto, citará al lesionado para el reconocimiento y lo pondrá en conocimiento de la aseguradora. 

 

A lo largo del mes siguiente a la exploración, tanto la víctima como la compañía de seguros recibirán el informe del instituto forense y ambos tendrán siete días para solicitar cualquier aclaración o subsanación que consideren oportuna.

 

¿Contenido del informe médico forense? 

 

El informe médico forense sirve como base para que la aseguradora presente una segunda oferta motivada o para que la víctima decida iniciar una reclamación judicial, por tanto debe incluir la siguiente información

  • Los datos del lesionado, de la compañía de seguros y del médico forense que ha elaborado el informe.
  • Una explicación de las circunstancias en las que se produjo el accidente y de los detalles y hechos más relevantes del mismo. 
  • Los exámenes, pruebas y demás evaluaciones realizadas al lesionado durante el periodo de asistencia médica que se han tenido en cuenta para realizar el informe.
  • Una explicación detallada que determine el alcance de las lesiones sufridas por la víctima, las secuelas y cualquier otro perjuicio que pueda padecer de por vida.   
  • El lugar, fecha y hora de la exploración. 

 

¿Quién asume los costos del informe médico forense en un proceso de indemnización? 

 

Será la aseguradora del vehículo responsable del siniestro la que se haga cargo de pagar el coste del informe médico forense, nunca el lesionado.

 

No obstante, si el seguro niega la responsabilidad de su asegurado en el accidente o se demuestra que no hay relación entre este y las lesiones que presenta la víctima, o que estas son de menor gravedad; no se podrá solicitar la intervención de un médico forense.

 

La alternativa es que el perjudicado acuda a un perito médico privado y pague el informe médico de su bolsillo para poder presentar una demanda judicial contra la aseguradora. En este caso, si es necesario, este experto sí puede acudir posteriormente a juicio para ratificar su informe, al contrario de lo que ocurre con el médico forense. 

 

¿Cómo se cuantifican los daños en caso de reclamación civil?

 

Para iniciar un proceso de reclamación civil, hay que cuantificar todos los daños y perjuicios sufridos por la víctima como consecuencia del accidente de tráfico. Dicha cuantificación, se hace en base al informe del perito médico y a lo establecido por el baremo de accidentes.

 

Para el cálculo de los daños hay que distinguir entre

  • El perjuicio personal básico. Aquí se indemniza:
    • El fallecimiento de la víctima.
    • Las lesiones temporales, en función de los días que han tardado en sanar y la pérdida de la calidad de vida durante ese tiempo.
    • Las secuelas, según el nivel de ayuda que necesite para tener autonomía personal. 
  • El perjuicio personal particular. En este caso, se tienen en cuenta las circunstancias específicas del perjudicado para establecer una cantidad.
  • El perjuicio patrimonial. Aquí hay que diferenciar:
    • El lucro cesante o disminución de ingresos del lesionado.
    • El daño emergente o gastos derivados del accidente.

 

¿Puede la aseguradora bajar el monto de la oferta motivada si el examen pericial indica menos lesiones? 

 

En el caso de que el médico forense en su informe valore que la víctima presenta menos lesiones y/o secuelas de lo que indica el perito de la aseguradora en su documentación, la compañía de seguros no debería bajar la cantidad de la indemnización propuesta en la oferta motivada. De hacerlo, estaría actuando en contra de la información que ella misma ha utilizado y aportado. 

 

No obstante, no es muy común que el examen del forense determine que las lesiones de la víctima son menores que lo que refleja la documentación médica previa. En cualquier caso, para evitar esto, lo recomendable es aceptar la oferta motivada como entrega a cuenta y después, solicitar el informe médico forense.   

 

¿Si se acepta la oferta motivada se pierden los derechos a reclamar posteriormente vía extrajudicial? 

 

En ningún caso. La aceptación por parte de la víctima de la cantidad propuesta por la aseguradora en la oferta motivada, no es una renuncia a su derecho de seguir reclamando, de forma extrajudicial o en los tribunales, una cantidad más justa que compense las lesiones y daños que ha sufrido en un accidente de tráfico. 

 

Por tanto, tras la aceptación de la oferta motivada, la compañía de seguros no puede exigir al reclamante que firme ningún tipo de documento de renuncia.   

 

Cuánto vale la consulta de un perito médico y quién debe pagarlo 

 

Si la víctima de un accidente de tráfico no puede solicitar el informe médico forense gratuito, por los motivos que hemos expuesto antes, entonces tendrá que acudir a un perito médico privado si quiere continuar con la reclamación de indemnización. En este caso, al tratarse de una decisión personal, el reclamante tendrá que pagar el coste del informe de su bolsillo.

 

Cuánto vale la consulta de un perito médico privado y la obtención de un informe, depende de cada profesional. Por lo que te recomendamos que busques el consejo de un abogado especialista en reclamación de indemnizaciones, ya que escatimar en esto puede ser contraproducente. 

 

Qué médicos pueden emitir un informe pericial 

 

En principio, la legislación española establece que cualquier licenciado en medicina puede realizar un informe pericial. No obstante, no todos los médicos lo hacen. Los médicos con especialidades clínicas, aunque tienen capacidad para emitir una opinión pericial acerca de cualquier cuestión sanitaria o científica, han sido formados para diagnosticar y tratar a pacientes.    

 

Por lo tanto, un juez siempre va a dar más credibilidad a un médico especialista en medicina legal y forense, y no todos los médicos peritos lo son.    

 

Qué hay que considerar al contratar uno 

 

Elegir al perito médico adecuado es fundamental si quieres obtener una indemnización por accidente de tráfico justa. Estas son algunas de las consideraciones que debes tener en cuenta a la hora de contratar uno

  • Es importante que no trabaje para ninguna aseguradora o servicio de asistencia vinculado a éstas, ya que en ese caso no pueden realizar informes periciales.
  • Tienes que tener en cuenta tanto su trayectoria profesional y prestigio, como su formación, ya que no todos los peritos son especialistas en medicina legal y forense.
  • Lo ideal es que te transmita confianza y seguridad desde el primer momento.  
  • En caso de que tenga que acudir a juicio, es bueno que cuente con cierta experiencia y que tenga habilidades comunicativas para concretar, defender y explicar su opinión, así como capacidad de respuesta e improvisación.

 

Importancia de la historia clínica en una prueba pericial

 

En una reclamación de indemnización por accidente de tráfico, le corresponde a la víctima demostrar lo sucedido y para ello, es esencial la historia clínica porque es la base sobre la que se realiza una prueba pericial

 

La historia clínica es el conjunto de documentos médicos que se han generado conforme el lesionado ha recibido asistencia sanitaria tras el accidente con el objetivo de curar o estabilizar sus lesiones. Por esta razón, son una prueba indudable de las lesiones, el diagnóstico y el tratamiento recibido por el perjudicado en un siniestro.

 

Cuanto más completa sea la historia clínica que aporte el reclamante en su demanda contra la aseguradora, mayores serán las posibilidades de obtener una indemnización justa. Puesto que gracias a ella, su abogado podrá defender mejor su postura y el Juez tendrá información objetiva para reconstruir los hechos, comprobar si el daño causado se pudo haber evitado, determinar si quedan secuelas y cómo afectarán a su vida, etc.

Así funciona el fraude del lobby de las aseguradoras

28 de octubre de 2025

Así funciona el fraude del lobby de las aseguradoras

Nos encontramos constantemente ante un interés desmedido de las compañías de seguros de lanzar el mensaje de que existe un alto porcentaje de fraude frente a las aseguradoras con la finalidad de cobrar indemnizaciones indebidas

 

Este mensaje es muy recurrente para las compañías aseguradoras, en primer lugar, porque el mensaje cala, y en según lugar, porque extienden con ello dicha creencia falsa que, de tanto repetirse, acabamos creyéndola, situando, con ello, a las compañías de seguros en una posición de falso perjuicio. 

 

Podemos observar, cómo en todo tipo de medios de comunicación, aparecen datos estadísticos engrosados en tal sentido, siempre facilitados por compañías aseguradoras y nunca por otras fuentes ajenas a dicho sector. 

 

Pues bien, la realidad es bien distinta, y es que, mientras el fraude de las compañías aseguradoras es mínimo (a penas alcanza un 2 %), hace mucho ruido, frente al verdadero fraude que estas acometen con cada reclamación recibida por una persona lesionada, lo cual es desolador, pero suena muy poco.

 

Las aseguradas constantemente extorsionan con distintas practicas el buen fin de cada expediente de reclamación de daños personales en accidentes de tráfico desde el mismo momento que tiene lugar el mismo.

 

Pongamos algunos ejemplos, entre otros:

 

Fraude 1

 

Las compañías controlan los tratamientos médicos. En un accidente de tráfico, la víctima, debe ser asistida por algún centro de la red de clínicas de rehabilitación cuyo pago, la propia compañía debe autorizar y asumir previamente.  A menudo, las compañías no autorizan dichos tratamientos sobre criterios arbitrarios y sin fundamento alguno que los propios tribunales no admiten a muy sabiendas de aquellas. Pero eso no importa, lo relevante para la aseguradora es que, si no paga, los lesionados no pueden recibir los tratamientos médicos y, desde dicho momento comienzan a perder derechos indemnizatorios. La compañía se ahorra tratamiento médico, y se ahorra la indemnización.

 

Fraude 2

 

Reclamaciones extrajudiciales rechazadas íntegramente por las compañías, obligando a los lesionados a costear un procedimiento judicial, para que finalmente, el Juzgado competente acabe estimando su pretensión y concediéndole al perjudicado su correspondiente indemnización. Pero eso no importa, porque muchas reclamaciones se quedan en el camino, de nuevo un ahorro de las compañías.

 

Fraude 3

 

Reclamaciones extrajudiciales que versan sobre lesionados graves a las que la compañía amistosamente realiza ofertas inamovibles de entre 3.000,00 y 6.000,00 euros. Una vez en el procedimiento judicial, se dan innumerables supuestos en que se ha conseguido obtener indemnizaciones de hasta 50.000,00 euros, a años luz de la oferta por la cual la compañía pretendía cerrar el asunto. Nuevamente, ahorrando miles de euros a costa de los perjudicados que finalmente por falta de asesoramiento decidan no acudir a los Tribunales. 

 

Fraude 4

 

Ofertas realzadas por las compañías de seguros sin acompañarlas de Informe Médico Pericial que las avalen, a pesar de la obligación que les viene impuesta por ley. Ello para ahorrar el coste del encargo al correspondiente Perito Médico. Lo que deriva, además,  en que el lesionado no disponga de elementos de juicio suficientes para poder decidir si aceptar o no una oferta. 

 

Fraude 5

 

Partidas de defensas jurídicas irrisorias. En algunos casos presentan como limite máximo la cantidad de 200 euros, para que el perjudicado haga frente con ello a los honorarios de un abogado y un procurador particular. Lo que vacía de contenido dicha cláusula, considerada abusiva por los Tribunales.

 

En definitiva, el coste ahorrado por las aseguradoras, en detrimento de las víctimas de accidentes de tráfico, con este tipo de prácticas que a diario realizan es inmensamente mayor que aquel que les puede suponer el mínimo porcentaje de fraude que existe. 

 

Es por ello que, no podemos permitir que este falso dogma se siga extendiendo, sencillamente porque no responde a la realidad. Es ardua tarea luchar contra el lobby asegurador, pero no imposible.

Modificación de la Ley de Tráfico 21 de marzo 2022: sanciones más duras tras su entrada en vigor

21 de marzo de 2022

Modificación de la Ley de Tráfico 21 de marzo 2022: sanciones más duras tras su entrada en vigor

El Congreso aprobó el pasado mes de diciembre la modificación de la Ley de Tráfico que entrará en vigor el 21 de Marzo 2022.

 

La reforma aprobada revisa las sanciones que se aplican desde 2015 para infracciones que suponen una pérdida de puntos en el carnet de conducir y endurece algunas de las multas previstas. Además, establece un plazo único de dos años para poder recuperar los puntos perdidos y también apuesta por impartir cursos de conducción para concienciar a los conductores sobre la importancia de la seguridad vial.

 

A continuación te contamos cómo entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y qué cambia a partir del próximo mes de marzo.

 

El 21 de marzo de 2022 entra en vigor

 

La reforma de la Ley de Tráfico se aprobó el pasado 3 de diciembre de 2021 y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 21 de diciembre. En el texto se mencionaba que la nueva norma de tráfico entra en vigor tres meses después de su publicación oficial, por lo tanto, las nuevas sanciones empezarán a aplicarse el 21 de marzo de 2022.

 

No obstante, debes saber que hay algunas modificaciones que ya se están aplicando desde el mes de diciembre.

 

Qué cambia con la nueva ley de tráfico

 

Uno de los cambios más importantes que introduce la modificación de la Ley de Tráfico es la prohibición de que turismos y motocicletas adelanten en carreteras convencionales si para ello hay que superar el límite permitido en la vía. Es decir, ya no está permitido superar hasta en 20 km/h el límite de velocidad para realizar adelantamientos.

 

Además, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y proteger a los colectivos más vulnerables, la nueva Ley establece que en vías en las que hay más de un carril por sentido es obligatorio cambiar de carril para adelantar a ciclistas y ciclomotores.

 

Igualmente, los vehículos de transporte de viajeros que se matriculen a partir del mes de julio tendrán que incorporar obligatoriamente un alcoholímetro antiarranque. Además, las empresas de transporte y mercancías podrán acceder a un registro de conductores profesionales para comprobar si sus trabajadores tienen en regla el permiso de conducir.

 

Mayor pérdida de puntos por infracciones ya existentes

 

En cuanto a sanciones se refiere, los cambios que más destacan en esta reforma de la Ley de Tráfico, tienen que ver con el incremento de la pérdida de puntos cono algunas infracciones que ya eran sancionables.

Algunas de las infracciones que a partir de marzo costarán más puntos a los conductores son:

  • Sujetar con la mano y/o utilizar dispositivos móviles mientras se conduce, pasa de sancionarse con 3 puntos menos a 6, más 200 € de multa.
  • No llevar cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos obligatorios de protección, que ya no serán 3 sino 4 puntos menos y una sanción económica de 200 €.
  • Arrojar objetos desde el vehículo que puedan provocar accidentes o incendios, que aumenta de 4 a 6 puntos.
  • Adelantar a ciclistas sin mantener la separación mínima obligatoria, entorpeciendo o poniendo en peligro su vida, supondrá una pérdida de 6 puntos y no 4 como hasta ahora.

 

Dos años sin infringir la ley para recuperar los 12 puntos

 

Otra de las novedades que introduce la reforma es que el periodo de tiempo que tendrá que transcurrir para recuperar los puntos del carnet de conducir es de dos años, siempre y cuando no se cometan infracciones durante ese tiempo.

 

Hasta ahora, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción que dio lugar a la pérdida de los puntos.

 

Recuperación de 2 puntos con cursos de la DGT

 

Por otra parte, la nueva Ley contempla que se puedan recuperar hasta dos puntos si el conductor sancionado asiste a los cursos de conducción segura y eficiente que impartirá la Dirección General de Tráfico (DGT). Los requisitos y las condiciones que se deben cumplir para poder asistir a estos cursos se establecerán a través de una Orden Ministerial.

 

Además, la asistencia a estos cursos de concienciación y sensibilización también se tendrán en cuenta como formación complementaria para aprobar el carnet de conducir.

Así quedan las sanciones por puntos

 

Las infracciones que también se castigarán con una pérdida de puntos, según la recién aprobada reforma de la Ley de Tráfico, son las siguientes:

  • Conducir con presencia de drogas en el organismo o una tasa de alcohol mayor de 0,50 mg/l en aire espirado en general y de 0,30 mg/l en caso de conductores profesionales y con menos de dos años de antigüedad, se castigará con 6 puntos menos.
  • Utilizar o poseer tecnología para inhibir radares. Se considera una infracción muy grave y se sancionará con 6 puntos menos en el carnet de conducir.
  • No respetar la preferencia en un ceda el paso y no detenerse ante un stop o semáforo en rojo serán 4 puntos menos.
  • Llevar el móvil entre el casco y la cabeza del conductor supondrá 3 puntos menos.
Cómo usar tu coche en caso de Estado de Alarma

30 de marzo de 2020

Cómo usar tu coche en caso de Estado de Alarma

Una de las cuestiones que están teniendo muchas personas y trabajadores que deben acudir a su puesto de trabajo durante el estado de alarma debido al Coronavirus, es cómo viajar en coche durante el estado de alarma, y la repercusión de esta situación en el tránsito de vehículos por las carreteras.  A modo de introducción, debemos de partir de que, la circulación de vehículos particulares está permitida, pero se limita a las actividades recogidas en el artículo 7 del RD 463/2020 de 14 de marzo, por las que se permite salir de casa.

 

Es decir, podremos viajar en coche durante el estado de alarma, únicamente, para:

  1. Adquirir alimentos o productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  2. Asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  3. Desplazarnos al lugar de trabajo.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad.
  6. Desplazarnos a entidades financieras y de seguros.
  7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

 

¿Pueden viajar dos personas en el mismo coche durante la cuarentena?

 

Para dar respuesta a esta pregunta, asimismo debemos acudir al anteriormente mencionado artículo 7 del RD. De su lectura, extraemos que, en el supuesto que tengamos que viajar en coche durante el estado de alarma, debemos hacerlo de manera individual, salvo que en dicho trayecto estemos acompañando a una persona mayor, una persona discapacitada o, a un menor de edad.

 

¿Qué necesito para poder coger el coche sin que me multen?

 

La ley no determina cómo debemos acreditar que nuestra salida de la casa se encuentra dentro de las permitas por el RD. Tampoco obliga a portar un justificante de la empresa cuando nos desplacemos a nuestro lugar de trabajo..

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado que velan por el cumplimiento en las calles del RD, estarán al caso concreto, utilizando el sentido común, y estando amparados por la ley para realizar las oportunas preguntas y comprobaciones para verificar el motivo del desplazamiento.

Sí es cierto que, las comprobaciones serás más rápidas si disponemos de un justificante cuando nos desplazamos, por ejemplo, a nuestro puesto de trabajo. Aquí facilitamos un formulario justificante para utilidad de todos.

 

Certificado de necesidad de desplazamiento por motivos laborales

 

A continuación puedes descargarte en formato PDF, un certificado de desplazamiento por motivos laborales estándar en el caso de que necesites utilizarlo como justificante para el desplazamiento hacia el trabajo.

 

 

¿El seguro me cubre durante el estado de alarma?

 

Sí, el seguro cubre cuando tenemos que viajar en coche durante el estado de alarma. No existiendo diferencia alguna con la circulación en condiciones normales.

 

¿Se puede alquilar un coche para circular durante el confinamiento?

 

Sí. Según Orden Ministerial de 23 de marzo, desde el 24 de marzo se permite la apertura de oficinas de arrendamiento de vehículos sin conductor y por tanto el alquiler de vehículos, siempre y cuando la finalidad sea alguno de los desplazamientos permitidos en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Comunicado sobre el estado del Covid-19

16 de marzo de 2020

Comunicado sobre el estado del Covid-19

Estimado cliente, con motivo del Covid-19 y tras la declaración del estado de alarma en España mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, les trasladamos que las dependencias de Trafilex permanecerán cerradas al público para evitar cualquier contacto físico durante los próximos 15 días. En cualquier caso, Trafilex es una marca experimentada en la practica de protocolos diseñados para que el cliente no tenga que desplazarse a su despacho de abogados, apostando por evitar cualquier extorsión en la rutina laboral y personal del cliente, con la finalidad de ofrecer todas las facilidades posibles durante el curso del expediente.  Es por ello que, seguimos trabajando con total normalidad, frente a las compañías aseguradoras y para con usted, encontrándonos a su total disposición vía mail o telefónica.

 

Especialmente, nos interesa comunicarle que, en relación a los tratamientos de rehabilitación, inevitablemente se interrumpirán durante estos 15 días, por suponer un potencial foco de contagio. No obstante, desde la asociación de victimas de accidentes de tráfico, ADEVI, de la que Trafilex es parte, se está trabajando para que durante el estado de alarma se lleven a cabo una serie de medidas excepcionales al objeto de salvaguardar el tratamiento de las víctimas con la finalidad de no perjudicar su curación, y justificar la continuidad asistencial frente a las compañías de seguro.

 

Las medidas propuestas a UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras)  y que se pretenden implantar son:

 

  • La primera consulta/urgencias, así como las sucesivas puedan realizarse mediante medios telemáticos
  • La rehabilitación se realice de manera domiciliaria, facilitando a los lesionados los ejercicios adecuados para ser realizados por sí mismo o con ayuda de una tercera persona que conviva con él.

 

Procurando las clínicas facilitar un fisioterapeuta o rehabilitador que dirija las sesiones de manera telemática.

 

Tanto Trafilex, como nuestra red de clínicas, contactaremos con usted para indicarle la manera de proceder en los tratamientos con la mayor brevedad posible.

 

Desde Trafilex, en definitiva, queremos transmitirles la tranquilidad absoluta de que el curso de su expediente continúa bajo el control absoluto de nuestro equipo, no suponiendo un óbice para su buen fin el estado de alarma que atravesamos, si no una situación coyuntural en la que se adoptan medidas alternativas igualmente eficaces.

 

Atentamente,

 

Equipo Trafilex