logo trafilex abogados especialistas en trafico
Reclamación de indemnización por accidente de patinete eléctrico

16 de marzo de 2022

Reclamación de indemnización por accidente de patinete eléctrico

Para muchas personas ya es su medio de transporte favorito en la ciudad. Sin embargo, a la gran mayoría, todavía les surgen muchas dudas cuando se ven ante la situación de tener que presentar una reclamación de indemnización por accidente de patinete eléctrico. La razón es que hasta enero de 2021, fecha en la que entró en vigor la normativa sobre vehículos de movilidad personal (VMP), no existía una normativa específica en estos casos, por tanto, había que recurrir a las distintas ordenanzas municipales y reglamentos de cada ayuntamiento.

 

En este artículo, te explicamos cómo debes actuar si sufres un accidente en patinete eléctrico. 

 

Atropello como conductor de patinete eléctrico

 

Como en cualquier otro accidente de tráfico, si como conductor de un patinete eléctrico sufres un atropello por parte de un vehículo a motor y se demuestra que no eres el culpable, tienes derecho a reclamar una compensación a su aseguradora por todos los daños personales y materiales que te haya ocasionado. Por el contrario, si eres el responsable, no puedes solicitar cantidad alguna. 

 

También en los siniestros en los que está involucrado un patinete eléctrico, existe la “concurrencia de culpas”. Es decir, cuando no está claro quién es el responsable único, tanto el conductor del patinete como el del vehículo a motor, pueden solicitar una indemnización a la compañía de seguros. La cantidad que recibirán será proporcional al grado de culpa que cada uno tenga en el accidente.    

 

Ahora bien, en el caso de que la otra parte implicada sea otro vehículo que, al igual que el patinete eléctrico, no está obligado a contar con seguro de responsabilidad civil; entonces habrá que presentar una reclamación judicial contra el otro conductor, que responderá con su patrimonio personal.

 

Reclamar una indemnización 

 

Como en cualquier siniestro, es muy importante aclarar las circunstancias y la responsabilidad en el mismo para saber ante quién reclamar una indemnización.  

 

La forma en la que se calcula la compensación económica, es la misma en un accidente de patinete eléctrico que en cualquier otro accidente de circulación. Habrá que acudir al sistema de valoración de daños que establece la Ley 35/2015, de 22 de septiembre.  

 

Dicho sistema establece las siguientes partidas por las que puedes reclamar si sufres un accidente de patinete. 

 

Indemnización lesiones temporales accidentes de patinete 

 

En esta partida, se indemnizará a la víctima de un accidente de patinete por los días que pasen desde que se produjo el siniestro, hasta la fecha en la que acabe su tratamiento de rehabilitación por las lesiones temporales sufridas o alta médica. 

 

Según el baremo de accidentes, cada día se valorará con una cantidad diferente dependiendo del perjuicio que suponga para el accidentado. Para ello, se clasifican los días en:

  • Días de perjuicio particular muy grave: cuando se produce un ingreso en la UCI.
  • Días de perjuicio particular grave: los días de ingreso hospitalario.
  • Días de perjuicio particular moderado: cuando el lesionado está de baja laboral.
  • Días de perjuicio particular básico: el resto de días.

 

Además, también se compensará económicamente al lesionado por cada una de las intervenciones quirúrgicas que necesite.

 

Indemnización por secuelas accidentes de patinete 

 

La indemnización por secuelas o incapacidad permanente compensará los daños físicos, estéticos y psíquicos que perduran una vez finalizado el tratamiento de curación o rehabilitación. 

 

Las secuelas se valoran con un sistema de puntos que recoge el baremo de accidentes. Esta tabla sirve para que un médico especialista en valoración del daño haga un informe en el que asigna a cada secuela una puntuación determinada.

 

En base a este informe y teniendo en cuenta la edad del perjudicado, se establecerá la cantidad a reclamar en esta partida. Además, se puede solicitar una cantidad adicional en caso de que la autonomía personal de la víctima se haya visto afectada. Dicha cantidad dependerá de si la pérdida de calidad de vida es muy grave, grave, moderada o leve.  

 

Indemnización por perjuicio patrimonial 

 

Aquí, en esta partida, se compensará a la víctima por el perjuicio económico sufrido como consecuencia del accidente en patinete. 

 

Al solicitar una indemnización por perjuicio patrimonial, tenemos que tener en cuenta tres tipos de daños:

  • Los daños materiales ocasionados en el patinete o en otros objetos personales que llevase la víctima en el momento del accidente y que resultaron dañados.
  • El daño emergente, que se refiere a todos los gastos sanitarios sufragados por el perjudicado tanto durante el periodo de curación, como aquellos que sean consecuencia de las secuelas.
  • El lucro cesante. Esto es, los ingresos que se hayan dejado de percibir tras el accidente de circulación como consecuencia de las lesiones sufridas.

 

Ejemplo de indemnización 

 

Te ponemos un ejemplo de indemnización por accidente de patinete eléctrico recibido en 2021. El baremo se actualiza cada año, por lo que actualmente esta cantidad puede variar. 

 

Cuando iba circulando con su patinete, J. S. que entonces contaba con 35 años de edad, fue atropellado por un coche que se saltó un stop. Como consecuencia, J. S. sufrió una serie de lesiones por las que recibió la siguiente indemnización: 

  • Perjuicio personal moderado (días de baja laboral): 61 días x 54,78 €/día = 3.341,58 €
  • Perjuicio personal básico (resto de días hasta que finaliza la rehabilitación): 61 x 31,61 €/día = 1.928,21  €
  • Secuelas: 
    • Dolor en el hombro (3 puntos) = 2.676,82 €
    • Perjuicio estético leve (4 puntos) = 3.647,05 €
  • Perjuicios patrimoniales:
    • Reparación del patinete y casco = 300 €
    • Lucro cesante = 500 €
    • Daño emergente (gastos en farmacia) = 120 €

 

La cuantía total de la indemnización ascendió a 12.513,66 €

 

Cuánto se tarda en cobrar una indemnización 

 

El tiempo que transcurre hasta que la víctima cobra su indemnización por el accidente en patinete eléctrico depende de dos factores:

  • Lo que tarde en recuperarse o estabilizar las lesiones temporales sufridas y por tanto, en obtener el alta médica.
  • La disposición de la compañía de seguros.

 

Una vez finalizado el tratamiento de recuperación, entonces hay que cuantificar las secuelas, si las hay, y el alcance del perjuicio patrimonial. 

 

Tras presentar la reclamación de indemnización ante la aseguradora, el perjudicado recibirá una oferta motivada por parte de esta. En función de si es aceptada o no, el tiempo en recibir la compensación variará.

 

Si la víctima acepta la oferta de la compañía de seguros, recibirá su indemnización en unos 30 días máximo. Por el contrario, si considera que la oferta no se ajusta a los daños y perjuicios sufridos, hay que reclamar por la vía judicial. En ese caso, el cobro puede retrasarse meses o años dependiendo del juzgado y de si la aseguradora quiere llegar a un acuerdo extrajudicial.   

 

Problemática en accidentes de patinetes eléctricos 

 

Tras su auge en los últimos años y en consecuencia, el aumento del número de accidentes de patinetes eléctricos, se han detectado una serie de problemas que suelen darse en este tipo de siniestros y que influyen en la reclamación de una indemnización:

  • Las lesiones que suelen sufrir las víctimas se parecen más a las de un motorista que a las de un ciclista. Por tanto, esto influirá tanto en la indemnización de lesiones temporales como en la de las secuelas.    
  • El desconocimiento de las normas aplicables a los patinetes eléctricos. Muchos de los que circulan en patinete son menores de edad que desconocen cuáles son las normas de circulación. En estos casos, son sus tutores legales los que deben hacerse cargo de los daños que ocasionen. 
  • El exceso de velocidad, circular sin llevar casco, escuchando música o sin elementos reflectantes o sonoros que adviertan de su presencia a otros conductores. En caso de que la responsabilidad sea imputable a una negligencia por parte del conductor del patinete, perderá el derecho a reclamar cualquier tipo de indemnización.    

 

Consejos tras sufrir un accidente de patinete

 

Te damos los siguientes consejos para que en caso de sufrir un accidente de patinete, sepas cómo actuar: 

  1. No importa que no hayas sufrido lesiones graves, llama al 112 o acude al hospital en las 72 horas siguientes. Muchas veces los daños suelen aparecer en las horas siguientes al accidente. 
  2. A veces es difícil determinar la responsabilidad, así que avisa a la policía o a la guardia civil para que redacten un atestado y aclaren las causas y la responsabilidad en el accidente.
  3. Es recomendable contar con testigos y recoger sus datos de contacto por si es necesaria su declaración.

 

Si el conductor del vehículo se da a la fuga intenta memorizar la matrícula o las características del vehículo. 

Defensa Jurídica y accidente de tráfico

11 de marzo de 2022

Defensa Jurídica y accidente de tráfico

La DEFENSA JURÍDICA es una cláusula contenida en la inmensa mayoría de pólizas de seguro de automóviles. 

 

En primer lugar, debemos saber que cuando sufrimos un accidente de tráfico, existe el derecho a elegir un abogado particular de confianza y especializado, en lugar de ser representado por el abogado de la compañía, ya que éste último es eso, abogado de la compañía, no de los asegurados de la compañía.

 

En segundo lugar, debemos conocer qué es la defensa jurídica y para qué sirve. La defensa jurídica es una garantía, cobertura o partida económica reservada en nuestra póliza de auto para pagar los honorarios del abogado particular que en su caso elijamos. De modo que, podremos elegir un abogado particular, de confianza y especializado en la materia de manera que nos represente en la gestión de nuestro accidente, de manera prácticamente gratuita. 

 

Estas cláusulas suelen establecer un límite máximo de cobertura en la mayoría de las pólizas, a determinar según la compañía y el tipo de póliza. 

 

En el supuesto de conflicto de intereses la Ley de Contrato de Seguro impide aplicar límite a la cobertura de defensa jurídica. Estamos ante un conflicto de intereses en siniestros en los que, por ejemplo, existen dos vehículos implicados, ambos asegurados con Mapfre. 

 

En definitiva, la cláusula de defensa jurídica constituye una cobertura importante a la hora de tramitar un accidente de tráfico, ya que nos permite elegir un abogado particular especializado en la materia que nos represente y vele por nuestro interés a un coste mínimo o coste 0.

Asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico

10 de marzo de 2022

Asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico

Al contrario de lo que la mayoría de las personas piensan, la asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico no es gratuita. Según la Ley, el culpable del siniestro es el que tiene que abonar el coste del tratamiento médico que reciban las víctimas del siniestro.  

 

Así que si has sufrido un accidente de circulación y tienes dudas sobre quién se encarga de pagar tus gastos médicos o a qué centro puedes ir para curar tus lesiones, a continuación vamos a tratar de responder a todas tus preguntas. 

 

¿Asistencia sanitaria pública o privada gratuita? 

 

Como víctima de un accidente de circulación, tienes derecho a recibir la atención sanitaria que necesites para tratar tus lesiones, tanto en un centro hospitalario público como privado. 

 

Por lo general, una indemnización por accidente de tráfico cubre todos los daños físicos y materiales sufridos en un siniestro, y eso incluye los gastos de atención médica, con independencia de si el centro que los ha prestado es público o privado.  

 

En caso de acudir a la sanidad pública, el lesionado debe facilitar al hospital los datos de la aseguradora del vehículo responsable y al finalizar el tratamiento, le entregarán una factura que deberá hacer llegar a su seguro. 

 

Si por el contrario, la víctima del siniestro prefiere acudir a un centro médico privado, entonces tendrá que pagar todos los gastos de su bolsillo y luego reclamarlos a la compañía de seguros responsable. 

  

¿Quién tiene la responsabilidad de pago según los Convenios? 

 

Por Ley, los centros sanitarios tienen derecho a reclamar a la aseguradora del vehículo responsable de un accidente de tráfico el pago del coste de la asistencia médica prestada a las víctimas del mismo. 

 

Los lesionados que sean ocupantes o pasajeros de los vehículos siniestrados, siempre van a tener cobertura sanitaria por parte de las compañías aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros. No obstante, en el caso de los conductores, la responsabilidad de pago dependerá de quién sea el causante del accidente.

 

En este caso, según los Convenios Público y Privado, el obligado a pagar los gastos médicos se determina teniendo en cuenta los supuestos que veremos a continuación. 

 

Siniestros en los que interviene un único vehículo 

 

Cuando en el accidente de circulación intervenga un solo vehículo, el responsable de pagar la asistencia médica que necesiten las víctimas es la compañía aseguradora o en su defecto, el Consorcio de Compensación de Seguros; excepto si se trata del conductor del vehículo. Según el Convenio Público, los gastos que ocasione la atención sanitaria del conductor están incluidos solo hasta un importe máximo que se establece en las condiciones económicas del Convenio. 

 

Siniestros en que participe más de un vehículo 

 

En el caso de que estén implicados en el accidente de tráfico más de un vehículo, la compañía de seguros está obligada a correr con los gastos de asistencia sanitaria solo de aquellos ocupantes o pasajeros del vehículo que asegura, y también con los de su conductor. En el caso de que el vehículo no tenga Seguro de Responsabilidad Civil, será el Consorcio de Compensación de Seguros el que se haga cargo de los gastos de las víctimas que no sean responsables del siniestro. 

 

Lesiones a terceros no usuarios de los vehículos intervinientes 

 

Si en el accidente de circulación intervienen varios vehículos y ocasiona lesiones a terceros, como peatones o ciclistas, entonces el responsable de abonar los gastos de asistencia médica a los lesionados es la aseguradora del causante o el Consorcio de Compensación de Seguros.

 

Si las lesiones son consecuencia del desplazamiento de contenedores, mobiliario urbano, etc., entonces el obligado al pago será el vehículo que los haya desplazado.

 

¿Cuáles son los Convenios de Asistencia Sanitaria Pública y Privada? 

 

Los primeros Convenios de Asistencia Sanitaria se firmaron hace décadas para hacer más fáciles las gestiones y las reclamaciones entre centros médicos, compañías de seguros y el Consorcio de Compensación de Seguros.

 

Se trata de acuerdos firmados entre los servicios de salud de las Comunidades Autónomas, los hospitales públicos, el Consorcio de Compensación de Seguros y la asociación UNESPA en representación de las aseguradoras privadas.  

 

Con el paso de los años estos Convenios se han ido perfeccionando para ampliar sus funciones y cobertura. En la actualidad hay varios tipos de Convenios, pero los más importantes son aquellos que afectan a los sectores público y privado de la asistencia sanitaria. Las versiones que están en vigor en este momento son:

  • El Convenio de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico para los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020.
  • El Convenio marco de asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico para los ejercicios 2019/2022 (sector privado).
  •  

¿A qué centros sanitarios acudir? 

 

Tras sufrir un accidente de tráfico, el primer paso es acudir a los servicios de urgencias de cualquier centro hospitalario, sea público o privado.

 

Si posteriormente el lesionado para sanar o estabilizar sus lesiones necesita algún tratamiento de curación o rehabilitación específico, entonces podrá decidir en qué tipo de centro médico quiere llevar a cabo dicho tratamiento. Tiene las siguientes opciones: 

  • Un centro de sanidad público. Tendrás que rellenar un impreso con los datos de los vehículos y las aseguradoras implicadas en el siniestro, para que el hospital pueda facturar los gastos médicos al seguro. 
  • Un centro hospitalario propuesto por la aseguradora del vehículo en el que viajaba o bien por la del vehículo contrario. En este caso la compañía de seguros será la que se haga cargo de todos los costes del tratamiento.
  • Un centro sanitario privado a elección del lesionado. Si el lesionado elige un centro privado tendrá que correr él mismo con todos los gastos y posteriormente, podrá reclamarlos a la aseguradora del vehículo causante. En caso de que no sea posible la reclamación por ser el culpable, habrá que ver en el contrato de seguro si puede solicitar su reembolso.
  • Un centro adherido al Convenio de Asistencia Sanitaria Privado (UNESPA). El centro elegido será el que pida la autorización a la aseguradora para después facturar a la misma el coste del tratamiento. Aquí el lesionado no tendrá que adelantar ninguna cantidad. 
  •  

Consejos para afrontar la situación ante un accidente de tráfico 

 

Si sufres un accidente de tráfico, hay dos cosas que son fundamentales a la hora de afrontar la situación:

  • Si para recuperarte de las lesiones necesitas seguir un tratamiento específico, escoge siempre el centro médico que sea más adecuado para tu caso, aunque en un principio tengas que abonar su coste. Recuerda que puedes reclamar todos los gastos que te ocasione a la aseguradora del vehículo responsable del accidente. 
  • Busca el asesoramiento de un abogado especialista en accidentes de tráfico. Él te ayudará a cumplir con todos los plazos y requisitos que establece la ley para poder reclamar una indemnización justa por las lesiones, secuelas y daños materiales que te haya causado el siniestro.

 

¿Qué debo hacer si he sufrido un accidente de tráfico? 

 

Si has sufrido un accidente de tráfico, lo primero que debes hacer es acudir dentro de las 72 horas siguientes al servicio de urgencias del hospital más cercano o del que tú prefieras, para que puedan evaluar la gravedad de tus lesiones y prescribirte el tratamiento de rehabilitación más adecuado para curarlas o estabilizarlas. Es importante que sigas todas las instrucciones médicas que te den, tanto para tu recuperación como si quieres solicitar una indemnización por accidente de tráfico.

 

¿Debo ir al centro asistencial asignado por la aseguradora o puedo elegir otro? 

 

Según la Ley del Contrato de Seguros y la Ley 41/2002 de autonomía del paciente, cuando sufres un accidente de circulación tienes derecho a elegir el centro médico donde llevar a cabo la rehabilitación de tus lesiones. Puedes optar por uno de tu preferencia o acudir al centro asistencial que te recomiende la aseguradora, indistintamente.

 

No obstante, escoger correctamente el centro de rehabilitación es fundamental tanto para la recuperación de las lesiones, como para el proceso de reclamación de indemnización posterior. Así que, como siempre te recomendamos, busca el asesoramiento de especialistas. 

 

¿Quién debe pagar los gastos de asistencia sanitaria? 

 

Como ya hemos visto, en la mayoría de los casos la asistencia médica como consecuencia de un accidente de tráfico es universal y gratuita, aunque no es la Seguridad Social la que paga todos estos gastos, sino la aseguradora del vehículo responsable del accidente.

 

Las compañías de seguros están obligadas a hacerse cargo de cualquier gasto médico que deban afrontar las víctimas del siniestro. Por ello, es fundamental determinar de quién es la responsabilidad de los hechos, pues será su aseguradora la que asuma el pago.

 

En caso de que el vehículo culpable no cuente con una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, entonces será el Consorcio de Compensación de Seguros el encargado de abonar los gastos de la asistencia sanitaria a los lesionados en el accidente de tráfico. 

 

¿Qué puedo hacer si ya asumí los gastos de asistencia sanitaria?

 

En caso de que hayas tenido que asumir y pagar de tu bolsillo los gastos de asistencia sanitaria y rehabilitación requeridos para recuperarte o estabilizar las lesiones sufridas en un accidente de tráfico, puedes solicitar a la compañía de seguros del vehículo responsable que te reembolse todas las cantidades que has pagado presentando una reclamación de indemnización por accidente de tráfico.


En este tipo de indemnizaciones, hay una partida específica destinada a compensar económicamente a la víctima por todos los gastos de asistencia sanitaria que haya tenido que soportar a causa del accidente. 

Latigazo cervical en accidentes de tráfico

10 de marzo de 2022

Latigazo cervical en accidentes de tráfico

Cervicalgia o latigazo cervical, es una de las lesiones más comunes padecidas por los accidentados de tráfico.

 

El 1 de enero de 2016 entró en vigor la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

 

Esta legislación, marcó un antes y un después en las reclamaciones de indemnizaciones por accidentes de tráfico, favoreciendo el buen fin de los accidentes con grandes lesionados y muertes, en detrimento de aquellos lesionados que sufren el famoso latigazo cervical, tan común en accidentes de tráficos medios-leves, dificultando desde dicho momento el cierre de indemnizaciones por dicha lesión.

 

En gran medida, el responsable de esta situación, es el Artículo 135.2 de la ley 35/2015:

 

 “2. La secuela que derive de un traumatismo cervical menor se indemniza sólo si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de lesión temporal.”

 

Ello supone que, a la hora de solicitar secuelas (que no días de incapacidad temporal) por una lesión cervical menor, nos encontramos con una barrera, que antes de la reforma no existía. Esto es, el Informe médico concluyente.

 

Ocurre que, la definición de qué se considera informe médico concluyente es una cuestión controvertida a día de hoy, sobre la que se han pronunciado nuestros Tribunales en distintas líneas, sin existir una Doctrina unánime al respecto ni un concepto claro. 

 

Es por ello que, desde Trafilex, conscientes de la compleja situación en la que nos sitúa la nueva ley respecto a los latigazos cervicales o cericalgias, priorizamos meticulosamente  la atención médica, y con ello los informes de evolución y alta que emiten nuestras clínicas de rehabilitación que tratan a nuestros clientes.  Informes que, a juicio de nuestro esquipo técnico, son realmente el Informe Médico Concluyente que se menciona la ley, y por tanto la base fundamental para reclamar las secuelas existentes en el momento de la estabilización de la lesión, de manera que el lesionado perciba la indemnización por latigazo cervical que realmente le corresponde. 

Oferta motivada por accidente de tráfico

8 de marzo de 2022

Oferta motivada por accidente de tráfico

Muchas personas desconocen qué es una oferta motivada por accidente de tráfico hasta que se ven obligados a iniciar un proceso de reclamación de indemnización. El término es relativamente nuevo, se incluyó por primera vez en el baremo de 2016 y se concibió como una vía para tratar de resolver de forma extrajudicial conflictos entre partes involucradas en un accidente de circulación.

 

Si eres de los que nunca ha oído hablar de ello, hemos preparado esta guía para que sepas en qué consiste una oferta motivada, qué requisitos debe cumplir y qué opciones tiene la víctima de un accidente tras recibir una. 

 

¿Qué es la oferta motivada?  

 

Una oferta motivada es un documento formal que redacta la compañía aseguradora tras recibir una reclamación de indemnización por accidente de tráfico. En este escrito, la compañía reconoce los hechos y la responsabilidad de su asegurado, y bajo su criterio, hace una propuesta económica a la víctima en concepto de indemnización por las lesiones y daños sufridos en el siniestro. 

 

Esta oferta, como indica su nombre, debe ser motivada. Es decir, la compañía aseguradora debe explicar por qué ofrece tal cantidad y justificarlo mediante informes y datos médicos. De no ser así, esta oferta no se considerará válida. 

 

Tras su recepción, por supuesto, el perjudicado tendrá que valorar dicha oferta. 

 

Requisitos según artículo 7 LRCSCVM 

 

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, una oferta motivada debe cumplir con una serie de requisitos

  • Presentar una propuesta económica a la víctima por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente, que se ajuste a los criterios que establece el baremo de accidentes de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre.
  • En caso de que haya concurrencia de culpas, la oferta tiene que indicar el porcentaje de la indemnización que asume la aseguradora.
  • Detallar y desglosar de qué documentos, informes o datos dispone para poder valorar las lesiones y daños del reclamante. Además, debe indicar en cuáles se ha basado para calcular la propuesta económica presentada. 
  • Incluir la última versión del informe médico que relata el alcance de las lesiones sufridas en el accidente, cuántos días han sido necesarios para la curación, si hay secuelas, etc. 
  • Si se han dado tanto daños personales como materiales, la oferta debe valorarlos de forma separada y presentar el importe de la indemnización para un caso y para otro.
  • Debe dejar constancia de que la aceptación de la oferta por parte del perjudicado no significa que renuncia a iniciar acciones legales en el futuro.
  • Indicar la forma de pago de la indemnización, que puede ser en dinero o cualquier otro medio que garantice la disponibilidad inmediata de la cantidad.

 

Informe médico 

 

Los informes médicos son fundamentales para que la víctima de un accidente de circulación reciba una compensación justa, ya que sirve como base para calcular las cantidades que corresponden a cada una de las partidas de las que se compone una indemnización. 

 

Por ello, es obligatorio que la compañía de seguros acompañe la oferta motivada con un informe médico que justifique la cuantificación de las lesiones temporales, las secuelas y el perjuicio patrimonial que ha realizado. No obstante, no siempre se adjunta el informe médico, ya que si la reclamación coincide con la cantidad ofertada, se entiende que la documentación médica aportada por el perjudicado es suficiente.  

  

Plazo compañia seguros 

 

En cuanto se presenta una reclamación de indemnización ante una aseguradora, esta tiene un plazo de tres meses, a contar desde esa fecha, para presentar oferta motivada al reclamante. 

 

Incluso si la víctima del accidente de tráfico no presenta reclamación, desde el momento en que la compañía de seguros tiene conocimiento de la existencia de un siniestro, la ley le obliga a asumir las indemnizaciones que puedan corresponder. Por tanto, debe hacer un seguimiento de los hechos hasta que el lesionado obtenga el alta médica.

 

El perjudicado tiene un año para poder reclamar su indemnización, a contar desde la estabilización de las lesiones o alta médica.  

 

Oferta motivada fuera de plazo 

 

Si la aseguradora no presenta oferta motivada dentro de los tres meses siguientes a la recepción de la reclamación y no hay motivos que justifiquen el retraso, entonces incurrirá en “mora”. Esto significa que además de hacerse cargo de la indemnización de los daños y perjuicios que correspondan a la víctima del accidente de tráfico, a esta cantidad habrá que sumar intereses de demora

 

Diferencia entre oferta motivada y respuesta motivada 

 

Cuando una aseguradora recibe una reclamación de indemnización por accidente de circulación, el reclamante puede recibir dos tipos de contestación: una oferta motivada o una respuesta motivada. 

 

La principal diferencia es que la oferta motivada contiene una propuesta de indemnización para dejar zanjado el conflicto entre las partes involucradas en un siniestro y la respuesta motivada es una exposición de motivos por los que no se puede presentar una oferta motivada, ya sea temporalmente o de forma definitiva.

 

Al igual que la oferta motivada, la respuesta motivada también tiene que cumplir con una serie de requisitos:

  • Si el motivo es que la compañía de seguros necesita más tiempo porque es complejo determinar la cuantía de la indemnización o porque el lesionado continúa en rehabilitación, entonces la respuesta motivada debe incluir un compromiso para presentar oferta motivada en cuanto sea posible. Además, la aseguradora está obligada a informar cada dos meses sobre el estado del expediente.
  • Si la razón es que niega la responsabilidad de su asegurado en el siniestro o cualquier otra cosa para no hacerse cargo de la indemnización, la respuesta motivada de la compañía dejará claro que rehúsa atender la reclamación de indemnización de forma definitiva.

 

A veces, en los casos en los que el periodo de curación del perjudicado es indeterminado, dada la gravedad de sus lesiones, las aseguradoras utilizan la respuesta motivada para hacer un ofrecimiento parcial de indemnización a la víctima. Así evitan que se generen intereses de demora sobre esas cantidades ya adelantadas.

 

¿Obligado a aceptar la oferta motivada que me hace la compañía de seguros?

Una víctima de accidente de tráfico no está obligada en ningún caso a aceptar la oferta motivada que le haga la compañía de seguros.

 

Una vez que el reclamante de la indemnización recibe la oferta motivada, debe revisar exhaustivamente si la compensación económica se ajusta a lo que establece el baremo de accidentes de tráfico, de acuerdo a las lesiones y secuelas sufridas. Lo recomendable es que esta revisión se haga con la ayuda de un abogado especialista en la materia.

 

Si finalmente el interesado decide no aceptar la oferta propuesta por la aseguradora, entonces hay dos posibles vías para continuar con la reclamación de indemnización que son las siguientes:

 

Informe de valoración al Instituto de Medicina Legal 

 

Existe la posibilidad de solicitar un informe de valoración al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

 

En este informe, el médico forense determina si hay relación entre las lesiones que presenta la víctima con lo sucedido en el siniestro. Para ello, tendrá en cuenta las lesiones sufridas, las pruebas diagnósticas realizadas y el tiempo requerido para la recuperación o rehabilitación. Igualmente, indicará si existen secuelas de tipo funcional, psicológico o estético y hará una valoración de las mismas para establecer la indemnización que debe percibir el lesionado. 

 

Es importante que sepas que este informe:

  • Puede solicitarlo el perjudicado o bien la aseguradora de común acuerdo con él. Si es la compañía la que quiere hacer la solicitud, debe contar con la autorización del reclamante y haber presentado previamente una oferta motivada.  
  • No tiene ningún coste para la víctima.
  • El médico que se encargará de realizarlo es imparcial e independiente tanto de la compañía, como del lesionado.

 

La solicitud de un informe forense obliga a la aseguradora a presentar una segunda oferta motivada en el plazo de un mes desde que se emite. 

 

Demanda judicial contra la compañía de seguros del vehículo responsable del siniestro 

 

Una vez vencido el plazo para presentar oferta motivada o si tras haberla recibido, no hay conformidad por parte del perjudicado, este podrá presentar directamente una demanda judicial contra la aseguradora del vehículo responsable y/o contra su conductor.

 

Para iniciar la vía judicial, es imprescindible contar con la siguiente documentación:

  • La reclamación presentada ante la aseguradora.
  • La oferta motivada recibida, si es el caso.
  • Un informe médico de un perito privado que pueda acudir al juicio para ratificar si es necesario.

 

Frente a la opción de solicitar un informe forense del Instituto de Medicina Legal, la vía judicial sí supondrá un coste económico para el reclamante, ya que deberá abonar los honorarios del perito que realice el informe y del procurador, si la cantidad reclamada supera los 2.000 €. Además, existe el riesgo de recibir una condena en costas y tener que pagar también los gastos judiciales de la otra parte. Por tanto, si quieres estar seguro de que tomas la mejor decisión, cuenta siempre con el asesoramiento de abogados expertos en indemnizaciones por accidente de tráfico, como los de Trafilex.

Indemnización por atropello con lesiones a peatones, ciclistas o animales

1 de marzo de 2022

Indemnización por atropello con lesiones a peatones, ciclistas o animales

Tanto en ciudad como en vías interurbanas, cada año se produce un número considerable de atropellos que causan a sus víctimas lesiones de diversa gravedad. En estos casos, aclarar quién es el responsable único es clave para reclamar una indemnización por atropello con lesiones a peatones, ciclistas o animales.

 

Pero muchas veces, las personas que son víctimas de un atropello creen que son las culpables del mismo, por lo que no reclaman compensación alguna. Por ello, a continuación te explicamos en qué supuestos y de qué forma puedes reclamar una indemnización si sufres un atropello.

 

¿Qué hacer si sufres un atropello?

 

En cualquier accidente de tráfico, la parte más vulnerable es aquella que está más expuesta, como los peatones o los ciclistas. Así que si has sufrido un atropello, es fundamental que actúes con rapidez en los momentos posteriores. Esto es lo más importante que debes hacer:

  • Tanto si te puedes mover como si no, llama al 112. Es importante que un médico te revise en el transcurso de las 72 horas siguientes al accidente. Aunque creas que no tienes lesiones, pueden aparecer horas o días después.
  • Para evitar nuevos atropellos u otro tipo de accidentes, es recomendable señalizar la zona hasta que llegue la ambulancia y la policía o guardia civil. Pide ayuda para hacerlo si la necesitas.
  • En el caso de que el responsable del atropello no quiera firmar el parte amistoso o se haya dado a la fuga:
    • Recoge el mayor número de detalles del vehículo y de su conductor.
    • Guarda los datos de los testigos para localizarlos si es necesario.
    • Llama a la policía o guardia civil para que redacte el correspondiente atestado.
    • Asegúrate de dar tu versión de los hechos en declaración ante la policía o guardia civil, ya sea en ese momento o en cuanto puedas.
  • Intenta hacer fotografías de los daños materiales sufridos.
  • Sigue todos los tratamientos, revisiones y protocolos médicos que te prescriban, y guarda todos los documentos e informes que te den.
  • No dejes pasar los plazos legales para poder solicitar tu indemnización.

 

¿Cuándo se puede pedir una indemnización en caso de atropello a un peatón?

 

Una persona atropellada siempre tiene derecho a pedir una indemnización en los siguientes supuestos:

  • Si cruzaba correctamente por un paso de peatones o con el semáforo en verde para él.
  • En caso de que el vehículo involucrado en el atropello se haya dado a la fuga o no tenga seguro de responsabilidad civil. En estos casos, se hará cargo de la indemnización el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Aunque el peatón no estuviera cruzando por el lugar correcto, si la conducta del conductor tampoco era la correcta.

 

En este último caso, se daría lo que se llama una “concurrencia de culpas”, ya que las dos partes han contribuido a que se produzcan los hechos y como consecuencia, las lesiones y daños ocasionados. Por tanto, la cuantía de la indemnización dependerá del grado de responsabilidad que el peatón haya tenido en el accidente.

 

Por el contrario, un peatón no tiene derecho a pedir una indemnización por atropello si la responsabilidad exclusiva del accidente la tiene él.

 

Cálculo de indemnizaciones por atropello de peatones

 

La indemnización por atropello de peatones se calcula según lo establecido en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que recoge el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados en accidentes de circulación.

 

En general, en este tipo de indemnizaciones se tiene en cuenta:

  • Los días de curación y rehabilitación requeridos tras el atropello. El baremo de accidentes de tráfico diferencia cuatro tipos de días dependiendo de la gravedad del perjuicio ocasionado en cada uno de ellos.
  • Las secuelas o incapacidad permanente. Una vez finalizado el tratamiento de rehabilitación y recibida el alta, un médico especialista elabora un informe donde valora con un sistema de puntos tanto las secuelas físicas, psíquicas o estéticas de la víctima, como las intervenciones quirúrgicas que necesite y sus circunstancias personales antes y después del accidente.
  • El perjuicio económico. Esta partida compensa los daños materiales sufridos en el atropello, los ingresos que se han dejado de percibir durante el tiempo de curación y los gastos adicionales sufragados como consecuencia del mismo.

 

¿Por qué se necesita un abogado especializado en accidentes para reclamar una indemnización por atropello?

 

El tipo de atropello más habitual es aquel en el que la responsabilidad única en el accidente no está clara. Por eso, es fundamental estar bien asesorado por un abogado especialista en accidentes de tráfico si quieres obtener una indemnización.

 

Cuando se produce un atropello, es la aseguradora del vehículo involucrado en el siniestro la que debe hacerse cargo de la indemnización. Por eso, tratará de imputar la culpa en el accidente a una negligencia cometida por el peatón. Si cuentas con un abogado especialista en accidentes, él te ayudará a demostrar la concurrencia de culpas, a calcular la indemnización más justa y a atender a todos los plazos y requisitos legales que establece la Ley para que no te quedes sin tu indemnización.

 

Atropellos a ciclistas

 

En los últimos años ha aumentado el uso de la bicicleta, tanto como medio de transporte en la ciudad como para la práctica deportiva. Como consecuencia, también se ha incrementado el número de atropellos a ciclistas, normalmente causados por la imprudencia o por el desconocimiento de la normativa por parte tanto de conductores, como de los propios ciclistas.

 

En 2021, cuatro de cada diez muertos en carretera fueron peatones, ciclistas o motoristas, según el balance anual de tráfico del Ministerio del Interior y la Dirección General de Tráfico (DGT). En total, el año pasado fueron 31 los ciclistas atropellados, la mayoría en carreteras convencionales donde la velocidad del resto de vehículos es mayor.

 

Desconocimiento de la normativa y accidentes en carril bici

 

En general, existe un gran desconocimiento sobre las normas que regulan la convivencia de los ciclistas con los peatones y con el resto de conductores, así como de la normativa acerca del uso de los carriles bici.

 

La regulación de la circulación por los carriles bici es competencia de los ayuntamientos. No obstante, ante cualquier accidente, primero hay que acudir a lo establecido por el Reglamento de Circulación, después a las indicaciones de la DGT y en último lugar, a la ordenanza específica que exista en cada ayuntamiento.

 

La existencia de carril bici no garantiza que no se produzcan accidentes entre bicicletas y peatones, o de estos con otros vehículos. Así que en estos casos, también es muy importante conocer las circunstancias en las que se ha producido el accidente para determinar quién es el responsable y saber si la víctima puede reclamar una indemnización.

 

¿Cuándo puede pedir un ciclista indemnización en caso de atropello?

 

En los casos en los que un ciclista resulta lesionado a causa de un atropello, este podrá reclamar una indemnización si:

  • El responsable único del siniestro es un vehículo a motor, entonces su aseguradora será la que se haga cargo de indemnizar al perjudicado.
  • Existe concurrencia de culpas, es decir, cuando el ciclista y el vehículo hayan tenido cada uno parte de responsabilidad en el accidente. El ciclista podrá reclamar una indemnización en proporción al porcentaje de culpa que tenga.
  • El accidente se ha producido donde el ciclista tiene preferencia para circular, como por ejemplo el carril bici.

 

Si eres ciclista, ¿en qué casos eres culpable?

 

Ante la presencia de ciclistas, el resto de conductores deben circular con más cuidado, pero los ciclistas, por su parte, deben respetar las normas de circulación. Por tanto, un ciclista será culpable de un accidente y por tanto, de las lesiones y daños que ocasione, en los siguientes casos:

  • Si no respeta las señales de tráfico, los semáforos o los pasos de cebra para peatones.
  • En caso de que no exista carril bici y circule por la calzada, si no lo hace por la derecha o por el arcén.
  • Cuando no señale claramente la dirección de sus movimientos.
  • Al no utilizar elementos reflectantes o luces que le hagan visible, tanto de día como de noche, para el resto de conductores.
  • En caso de que realice un adelantamiento por la derecha.
  • Si se coloca en los ángulos muertos del coche y su conductor no puede verle.
  • Al utilizar el móvil o cascos con música mientras conduce la bicicleta.
  • Cuando no respete el límite máximo de velocidad.
  • Si va bajo los efectos del alcohol o las drogas.

 

¿Es obligatorio para un ciclista tener seguro?

 

Muchas veces se ha comentado que la DGT pretende imponer a los ciclistas la obligatoriedad de tener un seguro y un permiso de circulación. Sin embargo, a pesar de que pueda ser algo lógico, a día de hoy no existe ninguna norma que les obligue a ello.

 

A pesar de ello, si eres ciclista, es muy recomendable que cuentes con una póliza de seguros que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil frente a terceros. Para que en caso de sufrir un accidente con un peatón, otro ciclista o un vehículo a motor, la aseguradora asuma los daños físicos y materiales ocasionados, al igual que sucede con el resto de vehículos.

 

Cálculo de indemnizaciones por accidente en bicicleta

Al igual que en cualquier otro accidente, el cálculo de la indemnización por accidente en bicicleta se hace en base al baremo de accidentes de tráfico, que establece un sistema para valorar los daños y perjuicios sufridos en un siniestro. Dicho sistema, recoge las cantidades que se deben pagar en caso de indemnización por incapacidad temporal, por fallecimiento o por secuelas permanentes.

 

En casa uno de estos casos, se distinguen diferentes partidas en función del tipo de daño o perjuicio sufrido:

  • Periodo de incapacidad temporal. Durante los días que van desde el accidente de bici hasta que se recibe el alta médica, se asigna una cantidad en función del perjuicio ocasionado cada uno de esos días: muy grave, grave, moderado o básico.
  • Secuelas o incapacidad permanente. La cantidad variará en función de los puntos que se asignen a cada una de las secuelas, tanto funcionales como estéticas, que padezca el ciclista tras la finalización del tratamiento de rehabilitación y el alta.
  • Perjuicio económico. Aquí se compensarán los daños materiales sufridos, los gastos extra sufragados y los ingresos que se han dejado de percibir tras el accidente en bicicleta.

 

No obstante, en los accidentes de bicicleta, al no contar los ciclistas con un seguro, para acreditar el perjuicio material sufrido en el siniestro hay que realizar una peritación de la bicicleta y equipos dañados.

 

Peritación

 

En el caso de que el ciclista haya sufrido daños en la bicicleta, la equipación o sus objetos personales a causa del accidente, podrá reclamar a la aseguradora del vehículo responsable una indemnización para la reparación o sustitución de los mismos. Para ello, habrá que realizar una peritación o peritaje que sirva como prueba documental del valor económico de los daños ocasionados por el siniestro.

 

Contar con un informe elaborado por un especialista en bicicletas, servirá al perjudicado para obtener una indemnización justa por parte de la aseguradora y también en caso de que haya que iniciar una reclamación judicial.

 

Lesiones más frecuentes

Las lesiones más frecuentes que puede padecer un ciclista tras tener un accidente de bici y por las que se puede reclamar una indemnización son estas:

  • Lesiones en la zona del cuello como: hernias o fracturas discales, daños en los tendones o pinzamiento en los nervios.
  • Fracturas de muñeca, brazo, pierna, cadera o clavícula, así como dislocación de mandíbula, dedos, hombro, cadera o rodilla.
  • Contusiones o hematomas.
  • Laceraciones graves.
  • Lesiones nerviosas o parálisis.
  • Lesiones cerebrales traumáticas.
Reclamación de indemnización por accidente de moto o ciclomotor

24 de febrero de 2022

Reclamación de indemnización por accidente de moto o ciclomotor

Como medio de transporte en la ciudad, la motocicleta ofrece muchas ventajas frente al coche. No obstante, los motoristas son más vulnerables en caso de sufrir un accidente de tráfico porque están muy expuestos, por lo que las lesiones pueden ser bastante graves. A esto se le suma, que la reclamación de indemnización por accidente de moto o ciclomotor es más compleja.    

 

Si has sufrido un accidente de circulación en motocicleta, te contamos cuáles son tus derechos en caso de que quieras reclamar una indemnización.

 

¿En qué casos puedes reclamar una indemnización por accidente de moto? 

 

Siempre que el accidente de tráfico se haya producido por culpa de otro conductor, el motorista puede reclamar una indemnización por las lesiones temporales, las secuelas y los daños materiales que el siniestro le haya provocado.

 

Por otra parte, si en el momento del accidente viajabas como acompañante, tienes derecho a solicitar una indemnización independientemente de que el conductor sea el responsable del siniestro.

 

En cualquier caso, será la compañía de seguros del causante la que pague la compensación económica. 

 

Indemnización por accidente de moto 

 

En los accidentes de moto la indemnización se calcula en función de lo que indica el sistema de valoración de daños y perjuicios causados en accidente de circulación que establece la Ley 35/2015, de 22 de septiembre.

 

Por tanto, el conductor de la moto y su pasajero, si lo hay, pueden reclamar los daños físicos y perjuicios patrimoniales que hayan sufrido y que vamos a explicar detalladamente a continuación. 

 

Indemnización por lesiones temporales 

 

La incapacidad temporal o lesiones temporales son aquellas que te impiden realizar las actividades normales del día a día. Este tipo de indemnización trata de compensar al perjudicado durante el periodo de tiempo que va desde el accidente de moto, hasta la curación o estabilización de sus lesiones

 

Las partidas que se incluyen en una indemnización por lesiones temporales son:

  • El perjuicio por días de afección.
  • El perjuicio por intervención quirúrgica. 
  • El perjuicio patrimonial.

 

En cuanto al perjuicio por días, en función del grado en que las lesiones afectan a la vida ordinaria del perjudicado, se distinguen cuatro tipos de días.

 

Días de perjuicio personal particular muy grave 

 

Son aquellos días en los que la víctima carece de autonomía para llevar a cabo las actividades normales de su vida diaria. Un ejemplo sería un ingreso en la UCI.

 

Días de perjuicio personal particular grave 

 

Se trata de los días en los que las lesiones impiden que la persona realice la mayor parte de las actividades esenciales de su vida, como cuando se produce un ingreso hospitalario.

 

Días de perjuicio personal particular moderado 

 

Se suelen corresponder con los días en los que el perjudicado está de baja laboral, dado que no puede atender debidamente su actividad profesional.

 

Días de perjuicio personal básico

 

Son el resto de días que transcurren desde que la víctima retoma su actividad profesional, hasta el final del tratamiento de rehabilitación o alta médica. Es decir, todos esos días que no pueden clasificarse en los apartados anteriores.

 

Indemnización por secuelas

 

Se entiende por secuela o incapacidad permanente, aquellos perjuicios que persisten como consecuencia de una lesión una vez que ha finalizado el tratamiento de sanación o rehabilitación. 

 

Las secuelas se valoran con un sistema de puntos o baremo médico donde se establece una horquilla de puntos, con un mínimo y un máximo, y se valora la secuela dependiendo de su intensidad. Esta cuantificación debe hacerla un médico experto en valoración del daño.  

 

En una indemnización por secuelas se puede reclamar:

  • El perjuicio personal básico.
  • El perjuicio personal particular.
  • El perjuicio patrimonial por lucro cesante y/o daño emergente.

 

En la partida destinada a indemnizar el perjuicio personal básico, se distinguen dos tipos de secuelas cuya suma dará el importe total a reclamar por este concepto. 

 

Son las siguientes:

 

Las secuelas funcionales 

 

Se trata de las secuelas que afectan a las funciones que realizan los órganos, tejidos, aparatos o sistemas del cuerpo humano. Como por ejemplo, la pérdida auditiva o la limitación de la flexión del tobillo. 

 

En la valoración de las secuelas funcionales, se aplican estas tres reglas:

  • Secuelas concurrentes. Cuando como consecuencia del mismo accidente se producen dos o más secuelas funcionales.
  • Secuelas interagravatorias. Si resultan afectados varios miembros con una función idéntica.
  • Secuelas agravatorias del estado previo. En el caso de que la secuela agrave alguna patología que sufriera la víctima antes del accidente.

 

Las secuelas estéticas

 

En esta partida se indemniza al perjudicado por todas las secuelas que afecten a su imagen como consecuencia del accidente y que sean imposible de corregir. 

 

Aquí se tiene en cuenta tanto la dimensión estática, cicatrices, abrasiones, etc; como la dinámica, ya que en ocasiones este tipo de secuelas suponen también una merma funcional, como la amputación de una extremidad.

El perjuicio estético, al igual que el funcional, se valora en base a un baremo específico que tiene en cuenta diversos factores como el grado de visibilidad o la afectación de las relaciones interpersonales del afectado, entre otros. 

 

Además, en este apartado se tendrá en cuenta si hay que llevar a cabo intervenciones de cirugía plástica.

 

Indemnización por perjuicios patrimoniales 

 

En una indemnización por perjuicios patrimoniales se compensará el coste de la reparación de los daños en el vehículo y de todo aquello que el conductor lleve consigo, tanto equipamiento como objetos personales. 

 

Para obtener compensación por los daños en la moto, habrá que aportar un presupuesto de reparación y en el caso de los objetos, las facturas de compra de unos nuevos que sean similares a los anteriores. 

 

Además, también se indemnizan en esta partida otros perjuicios de carácter económico como el lucro cesante, es decir los ingresos que se dejan de percibir tras el accidente, o el daño emergente, que son los gastos adicionales asumidos a causa del siniestro.

 

Ejemplo de indemnización por accidente de moto 

 

Te ponemos un ejemplo de la indemnización que ha recibido un motorista en 2019 tras sufrir un accidente. Ten en cuenta que el baremo se actualiza cada año, por lo que en la actualidad la cantidad puede variar.

 

Cuando iba circulando con su moto, A. L. cayó al suelo a causa del impacto de un coche que se saltó un ceda el paso. Como consecuencia de la caída, A. L. sufrió una serie de lesiones por las que recibió la siguiente indemnización: 

  • Perjuicio personal moderado (días de baja laboral): 58 días x 52 €/día = 3.016 €
  • Perjuicio personal básico (resto de días hasta que finaliza la rehabilitación): 35 x 30 €/dia = 1.050 €
  • Secuelas: 
    • Síndrome cervical postraumático = 4 puntos
    • Dolor en el hombro derecho y limitación en abducción y elevación = 9 puntos
  • Perjuicios patrimoniales (gafas y casco dañado en el accidente) = 400 €

 

La cuantía total de la indemnización ascendió a 18.299,13 €

 

¿Cuánto se tarda en cobrar una indemnización por accidente de moto? 

 

Por lo general, el tiempo que la víctima de un accidente de moto tarda en cobrar su indemnización depende del tiempo que necesite para recuperarse de las lesiones o al menos, estabilizarlas. 

 

Una vez tenga el alta médica, entonces un médico especialista tendrá que valorar el daño sufrido y las posibles secuelas que queden. Con esta información, ya se podrá realizar un cálculo de la indemnización que le corresponde y reclamar la misma. El plazo para presentar esta reclamación es de un año desde la estabilización de las lesiones.

 

Si la responsabilidad en el accidente está clara, la negociación con la aseguradora no se suele alargar en el tiempo. Por tanto, si hay conformidad con la oferta recibida, el perjudicado podrá recibir su indemnización entre 30 y 60 días después de recibir el alta médica. 

 

No obstante, si hay que acudir a un procedimiento judicial, lo mejor es que no tengas prisa. El cobro de la indemnización dependerá de la agilidad con la que el juzgado tramite la demanda y de si la aseguradora intenta llegar a un acuerdo extrajudicial. 

 

Principal problemática en accidentes de moto

 

Los problemas más habituales que suelen darse cuando se produce un accidente de moto, son los siguientes:

  • En la mayoría de los casos, el motorista tiene que enfrentarse a una presunción de culpabilidad. Por eso, es muy importante recopilar medios de prueba que aclaren la responsabilidad en el accidente y los perjuicios sufridos.  
  • En ocasiones, dada la gravedad de las lesiones, el motorista es trasladado al hospital antes de que se le tome declaración o que pueda firmar el parte amistoso. Así que es importante contactar con la policía en cuanto se pueda para hacerlo.
  • A la hora de indemnizar los daños materiales sufridos por el motorista, las aseguradoras suelen tener muy en cuenta la depreciación de los objetos por su antigüedad y uso. Por tanto, siempre es recomendable guardar las facturas de compra al menos del equipamiento. 
  • Cuando el causante del accidente se da a la fuga, es el Consorcio de Compensación de Seguros el que se encarga de la indemnización, pero no se hace cargo de los perjuicios patrimoniales. En este caso, es fundamental contar con el atestado policial o testigos.

 

Consejos si has sufrido un accidente de moto

 

En el momento del accidente es normal que nos pongamos nerviosos y no sepamos qué hacer. Por eso, te damos estos consejos para que en caso de que sufras un accidente de moto, tengas claro cómo actuar:  

  1. Aunque estés consciente y puedas moverte, no lo hagas, y si la moto te ha caído encima, pide ayuda. Las lesiones pueden ser más importantes de lo que parece y los movimientos bruscos pueden ocasionar daños más graves.
  2. Llama al 112 y pide una ambulancia y la intervención de la policía o la guardia civil si no puedes valerte por ti mismo. 
  3. Si el culpable del accidente quiere reconocer la culpa y te encuentras bien, completa y firma el parte amistoso. De no ser así, llama a la policía o a la guardia civil para que redacten un atestado. 
  4. Por el contrario, si el vehículo responsable se ha dado a la fuga, trata de identificarlo con la ayuda de testigos u otros medios. De no ser posible, será el Consorcio de Compensación de Seguros el que se haga cargo de la indemnización.
  5. En caso de que el accidente no sea consecuencia de un impacto, busca testigos de lo sucedido que aclaren la culpabilidad en el siniestro. 
  6. Muchas veces las lesiones aparecen durante las horas posteriores al accidente, así que acude al hospital lo antes posible, en las 72 horas siguientes, para obtener un diagnóstico médico. 
  7. Ponte en contacto con tu compañía de seguros para comunicar que has sufrido un accidente de moto. Tienes un plazo de 7 días tras el siniestro.

 

Si vas a solicitar una indemnización por las lesiones y daños sufridos, contrata a un abogado especialista en accidentes de tráfico, como los de Trafilex. Se encargará de asesorarte y ayudarte durante el proceso, y obtener una indemnización justa acorde a tus lesiones.

Indemnizaciones en accidentes de tráfico

24 de febrero de 2022

Indemnizaciones en accidentes de tráfico

Por desgracia los accidentes de circulación ocurren a diario y muchas veces, el desconocimiento de los perjudicados sobre cómo gestionar indemnizaciones en accidentes de tráfico hace que reciban cantidades muy por debajo de lo que les corresponde. Tanto si ya has pasado por ello, como si aún no has sufrido ningún accidente de tráfico, te contamos todo lo que necesitas saber si quieres reclamar una indemnización.

 

Derecho a indemnización en accidente de tráfico

 

En principio, cualquiera que sea víctima en un accidente de tráfico tiene derecho a una indemnización, excepto si es el único culpable del siniestro. En caso de que seas culpable del siniestro pero solo en parte, porque la otra parte también sea responsable, entonces tienes derecho a percibir una indemnización si tienes pruebas que demuestren su culpabilidad. Como un parte amistoso, testigos o un atestado policial. En estos casos, tu indemnización dependerá del grado de responsabilidad que tengas en el accidente. También tienen derecho a ser indemnizados todos los pasajeros y ocupantes de los vehículos que estén involucrados en el accidente, al margen de quien lo haya provocado, y los peatones o terceros que puedan demostrar que han sufrido daños físicos y/o materiales en el siniestro.

 

Puedes elegir entre tu aseguradora y abogados especialistas en accidentes de tráfico

 

Para reclamar una indemnización es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado. La Ley de Contrato de Seguro te ofrece la posibilidad de elegir al abogado que tú quieras: el que te ofrece tu compañía aseguradora o un abogado independiente especialista en accidentes de tráfico. En principio, el abogado de la aseguradora es gratis, esto significa que va a cobrar lo mismo consiga o no la indemnización, y sea cual sea la cuantía de la misma. Así que es normal pensar que velará por los intereses de su pagador más que por los tuyos. Por el contrario, si contratas a un abogado por tu cuenta, sus honorarios serán un porcentaje de la indemnización que recibas, así que seguro que trata de que sea lo más alta posible en función de tus lesiones. En cualquier caso, sea cual sea tu elección, tienes derecho a que tu seguro pague los honorarios de tu abogado hasta el límite que indique la partida para asistencia jurídica de la póliza que tienes contratada.

 

Cálculo de indemnizaciones 

 

El cálculo de indemnizaciones por accidentes de circulación se hace en base al sistema de valoración de lesiones vigente en la fecha del accidente.

 

Este sistema, contempla tres tipos de indemnizaciones:

  • Por causa de muerte.
  • Por secuelas.
  • Por lesiones temporales.

 

Por lo tanto, la cantidad de la indemnización va a depender de la gravedad de las lesiones y los daños sufridos como consecuencia del siniestro. Cuanto mayores sean, mayor será la compensación económica.

 

No obstante, la aseguradora no pagará ninguna cantidad por conceptos que no estén justificados documentalmente.

 

Criterios para la fijación de la indemnización 

 

Los criterios que se tienen en cuenta para fijar una indemnización por los daños sufridos en un accidente de tráfico son los siguientes:

  • En indemnizaciones por causa de muerte:
    • Perjuicio básico. Se indemniza el daño que no se puede cuantificar económicamente, por lo que es común para todas las personas.
    • Perjuicio particular. Aquí se tienen en cuenta las circunstancias concretas de los perjudicados, como el fallecimiento de ambos progenitores.
    • Perjuicio patrimonial. Se indemniza a los perjudicados por los ingresos que dejan de percibir y por los gastos derivados del accidente.
  • En indemnizaciones por secuelas o lesiones permanentes, sean invalidantes o no. Se hace una medición por puntos del perjuicio ocasionado, con un máximo de 100, y en base a esto se establece una cantidad:
    • Perjuicios muy graves: entre 90.000 y 150.000 €.
    • Perjuicios graves: entre 40.000 y 100.000 €.
    • Perjuicios moderados: entre 10.000 y 50.000 €.
    • Perjuicios leves: entre 1.500 y 15.000 €.
    • Perjuicios estéticos: entre 9.600 y 48.000 €.
    • Perjuicios psicofísicos, orgánicos o sensoriales: entre 19.200 y 96.000 €.
  • En indemnizaciones por lesiones o incapacidad temporal. Se tiene en cuenta el periodo que transcurre desde que se produce el accidente, hasta que termina el proceso de curación. Se distingue entre:
    • Días de perjuicio muy grave.
    • Días de perjuicio grave.
    • Días de perjuicio moderado.
    • El resto de días.
    • Por cada operación quirúrgica.

 

Interés por mora en el pago de las indemnizaciones 

 

En caso de que la aseguradora no pague la indemnización dentro de los tres meses que establece la Ley, desde que tiene conocimiento de la existencia de víctimas en un accidente provocado por uno de sus asegurados, entonces estaría incurriendo en “mora”. Esto significa que a la indemnización habrá que sumar intereses.

 

No obstante, solo se pueden reclamar intereses de demora en caso de que el perjudicado interponga una demanda contra la aseguradora, al no estar de acuerdo con la oferta recibida, y consiga por sentencia una cantidad superior a esta.

 

En ese caso, el tipo de interés por mora que deberá abonar la compañía de seguros es:

  • Durante los dos primeros años desde el accidente: el interés legal del dinero con un incremento del 50%.
  • Pasados los dos años desde el accidente: los intereses serán del 20% por cada año.

 

El atestado 

 

Cuando se reclama una indemnización es fundamental determinar quién es el culpable del siniestro. Por lo que, si no es posible hacerlo mediante un parte amistoso, hay que llamar a la policía o a la guardia civil para que redacte un atestado.

 

En el atestado, la policía o la guardia civil va a determinar tanto las circunstancias en las que se ha producido el accidente, como la responsabilidad en el mismo.

 

Un atestado es un documento oficial, así que va a prevalecer sobre las declaraciones de las partes implicadas en caso de que haya discrepancias o de que simplemente, dada la gravedad del accidente, no recuerden con claridad lo sucedido.

 

El Consorcio de Compensación de Seguros 

 

El Consorcio de Compensación de Seguros es una institución pública vinculada al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Se encarga de cubrir los siniestros en los que las compañías privadas no garantizan una indemnización a los perjudicados.

 

Este organismo tiene, entre otras, las siguiente funciones:

  • Asumir la cobertura obligatoria de responsabilidad civil de aquellos vehículos particulares que no encuentran una aseguradora en el mercado privado.
  • Actuar como Fondo de Garantía en caso de que:
    • El causante del siniestro sea un vehículo desconocido.
    • El vehículo que ha provocado el accidente no tenga seguro.
    • Los daños hayan sido provocados por un vehículo robado.
    • La aseguradora se declare insolvente para pagar una indemnización.

 

Oferta Motivada

 

En el momento en el que una aseguradora tiene conocimiento de la existencia de un accidente de circulación, debe recopilar toda la información acerca del mismo y los daños personales y materiales ocasionados. En base a esto, calcula la cantidad que considera conveniente como indemnización para los perjudicados y redacta una oferta motivada en la que explica por qué propone esa cantidad y en qué informes y datos se basa.

 

Tiene un plazo de tres meses para ello, de lo contrario, incurrirá en mora y habrá que sumar intereses de demora a la indemnización.

 

Una vez que el perjudicado recibe la oferta motivada por parte de la aseguradora, lo recomendable es que revise la propuesta con un abogado especialista. En caso de no aceptarla, en la mayoría de los casos, el siguiente paso es presentar una reclamación judicial contra la aseguradora.

 

Concurrencia de culpas 

 

La concurrencia de culpas es una figura jurídica que hace referencia al porcentaje de implicación que tiene cada una de las partes en un accidente. Esto quiere decir que varias de las partes involucradas tienen responsabilidad en los hechos, aunque sea en diferente proporción.

 

Antes del año 2016, en caso de concurrencia de culpas, la indemnización que recibía cada una de las partes se repartía atendiendo al criterio de culpa principal y culpa accesoria. Pero desde entonces, se utiliza el concepto de “contribución a la producción del daño”.

 

Por tanto, las víctimas de accidentes de tráfico pueden pedir una indemnización, pero esta se verá reducida hasta en un 75% por:

  • Falta de uso o uso inadecuado de cinturones de seguridad, casco u otros elementos protectores por parte del reclamante.
  • En caso de víctimas no conductoras, si estas han contribuido deliberadamente a la producción del daño.
  • Cuando la víctima mantenga una conducta que agrave el daño causado en el siniestro.
  • En caso de que el perjudicado no contribuya a curarse cuanto antes.

 

Juicio de faltas 

 

El juicio de faltas, que ahora se llama juicio por delitos leves, es un procedimiento que se celebra ante un Juzgado de Instrucción para juzgar infracciones penales leves de forma ágil y rápida, ya que no es necesaria la intervención de abogado y procurador.

 

Antes de 2015, fecha de la última reforma del Código Penal, las reclamaciones por lesiones en accidentes de tráfico se tramitaban en juicios de faltas. Pero desde entonces, estos asuntos se enjuician en el ámbito civil, ante los Juzgados de Primera Instancia.

 

No obstante, hay algunas reclamaciones por accidentes de circulación que aún se tramitan en la jurisdicción penal:

  • Las lesiones graves, aunque sean consecuencia de una imprudencia leve.
  • Aquellas lesiones que aunque no son graves, se han producido a causa de una imprudencia grave cometida por el acusado.

 

Indemnización por accidente de tráfico 

 

En 2022, el baremo se ha incrementado un 2,5% respecto al baremo de indemnización por accidente de tráfico del año pasado. Además, con el nuevo baremo se pagará un 9% más por lucro cesante en caso de indemnización por fallecimiento.

 

Otra de las novedades que va a introducir el baremo este año, es el incremento de la cobertura por daños emergentes en gastos médicos o reparación del vehículo. Además de un aumento del 49,1% en las indemnizaciones por lesiones con secuelas no invalidantes y del 91% para los lesionados con secuelas invalidantes.

 

En el caso de incapacidades temporales, la indemnización podrá aumentar hasta un 57% dependiendo de si la incapacidad es absoluta o total.

 

POR QUÉ CONTRATAR UN ESPECIALISTA EN ACCIDENTES DE TRÁFICO COMO TRAFILEX

 

El plazo que suele emplear una compañía de seguros para tramitar un siniestro de circulación suele ser muy largo, pues dilatan los plazos de contestación lo máximo posible. Además, muchas compañías aseguradoras tratan de pagar indemnizaciones muy pequeñas, sin conocerse el alcance exacto de las lesiones provocadas por el accidente de tráfico. La complejidad para interpretar el baremo y los constantes cambios en la normativa, hacen que sea imprescindible contar con abogados especialistas en reclamar indemnizaciones por accidentes de tráfico. Por ello, al contratar los servicios de un abogado especialista en accidentes de tráfico puedes conseguir la máxima indemnización marcada por la Ley y en un plazo mucho más reducido. Además, un abogado te dará el mejor asesoramiento en materia médica, pues son muy comunes los casos en los que las aseguradoras no procuran la mejor rehabilitación posible.

 

¿CUÁNTO CUESTA CONTRATAR A TRAFILEX?

La mayor parte de las pólizas de seguro incluyen la cobertura de Defensa Jurídica, con la cual se podrán sufragar los gastos de los abogados. Esta cobertura otorga dinero al asegurado para contratar los servicios de un abogado externo a la aseguradora, variando esta cantidad en función de la póliza y la compañía con la que se tenga contratado el seguro. Por eso en Trafilex no te cobramos si tú no cobras..

 

Si necesitas reclamar una indemnización por las lesiones y los daños sufridos en un siniestro, no dudes en ponerte en contacto con Trafilex. Aquí te asesorarán para que sepas cómo actuar durante todo el proceso y te ayudarán a reclamar una compensación justa y acorde con tus lesiones.

Uso de cookies

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Si necesita más información puede consultar nuestra política de cookies