Tanto en ciudad como en vías interurbanas, cada año se produce un número considerable de atropellos que causan a sus víctimas lesiones de diversa gravedad. En estos casos, aclarar quién es el responsable único es clave para reclamar una indemnización por atropello con lesiones a peatones, ciclistas o animales.

 

Pero muchas veces, las personas que son víctimas de un atropello creen que son las culpables del mismo, por lo que no reclaman compensación alguna. Por ello, a continuación te explicamos en qué supuestos y de qué forma puedes reclamar una indemnización si sufres un atropello.

 

¿Qué hacer si sufres un atropello?

 

En cualquier accidente de tráfico, la parte más vulnerable es aquella que está más expuesta, como los peatones o los ciclistas. Así que si has sufrido un atropello, es fundamental que actúes con rapidez en los momentos posteriores. Esto es lo más importante que debes hacer:

  • Tanto si te puedes mover como si no, llama al 112. Es importante que un médico te revise en el transcurso de las 72 horas siguientes al accidente. Aunque creas que no tienes lesiones, pueden aparecer horas o días después.
  • Para evitar nuevos atropellos u otro tipo de accidentes, es recomendable señalizar la zona hasta que llegue la ambulancia y la policía o guardia civil. Pide ayuda para hacerlo si la necesitas.
  • En el caso de que el responsable del atropello no quiera firmar el parte amistoso o se haya dado a la fuga:
    • Recoge el mayor número de detalles del vehículo y de su conductor.
    • Guarda los datos de los testigos para localizarlos si es necesario.
    • Llama a la policía o guardia civil para que redacte el correspondiente atestado.
    • Asegúrate de dar tu versión de los hechos en declaración ante la policía o guardia civil, ya sea en ese momento o en cuanto puedas.
  • Intenta hacer fotografías de los daños materiales sufridos.
  • Sigue todos los tratamientos, revisiones y protocolos médicos que te prescriban, y guarda todos los documentos e informes que te den.
  • No dejes pasar los plazos legales para poder solicitar tu indemnización.

 

¿Cuándo se puede pedir una indemnización en caso de atropello a un peatón?

 

Una persona atropellada siempre tiene derecho a pedir una indemnización en los siguientes supuestos:

  • Si cruzaba correctamente por un paso de peatones o con el semáforo en verde para él.
  • En caso de que el vehículo involucrado en el atropello se haya dado a la fuga o no tenga seguro de responsabilidad civil. En estos casos, se hará cargo de la indemnización el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Aunque el peatón no estuviera cruzando por el lugar correcto, si la conducta del conductor tampoco era la correcta.

 

En este último caso, se daría lo que se llama una “concurrencia de culpas”, ya que las dos partes han contribuido a que se produzcan los hechos y como consecuencia, las lesiones y daños ocasionados. Por tanto, la cuantía de la indemnización dependerá del grado de responsabilidad que el peatón haya tenido en el accidente.

 

Por el contrario, un peatón no tiene derecho a pedir una indemnización por atropello si la responsabilidad exclusiva del accidente la tiene él.

 

Cálculo de indemnizaciones por atropello de peatones

 

La indemnización por atropello de peatones se calcula según lo establecido en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que recoge el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados en accidentes de circulación.

 

En general, en este tipo de indemnizaciones se tiene en cuenta:

  • Los días de curación y rehabilitación requeridos tras el atropello. El baremo de accidentes de tráfico diferencia cuatro tipos de días dependiendo de la gravedad del perjuicio ocasionado en cada uno de ellos.
  • Las secuelas o incapacidad permanente. Una vez finalizado el tratamiento de rehabilitación y recibida el alta, un médico especialista elabora un informe donde valora con un sistema de puntos tanto las secuelas físicas, psíquicas o estéticas de la víctima, como las intervenciones quirúrgicas que necesite y sus circunstancias personales antes y después del accidente.
  • El perjuicio económico. Esta partida compensa los daños materiales sufridos en el atropello, los ingresos que se han dejado de percibir durante el tiempo de curación y los gastos adicionales sufragados como consecuencia del mismo.

 

¿Por qué se necesita un abogado especializado en accidentes para reclamar una indemnización por atropello?

 

El tipo de atropello más habitual es aquel en el que la responsabilidad única en el accidente no está clara. Por eso, es fundamental estar bien asesorado por un abogado especialista en accidentes de tráfico si quieres obtener una indemnización.

 

Cuando se produce un atropello, es la aseguradora del vehículo involucrado en el siniestro la que debe hacerse cargo de la indemnización. Por eso, tratará de imputar la culpa en el accidente a una negligencia cometida por el peatón. Si cuentas con un abogado especialista en accidentes, él te ayudará a demostrar la concurrencia de culpas, a calcular la indemnización más justa y a atender a todos los plazos y requisitos legales que establece la Ley para que no te quedes sin tu indemnización.

 

Atropellos a ciclistas

 

En los últimos años ha aumentado el uso de la bicicleta, tanto como medio de transporte en la ciudad como para la práctica deportiva. Como consecuencia, también se ha incrementado el número de atropellos a ciclistas, normalmente causados por la imprudencia o por el desconocimiento de la normativa por parte tanto de conductores, como de los propios ciclistas.

 

En 2023, cinco de cada diez muertos en carretera fueron peatones, ciclistas o motoristas, según el balance anual de tráfico del Ministerio del Interior y la Dirección General de Tráfico (DGT). 

 

Desconocimiento de la normativa y accidentes en carril bici

 

En general, existe un gran desconocimiento sobre las normas que regulan la convivencia de los ciclistas con los peatones y con el resto de conductores, así como de la normativa acerca del uso de los carriles bici.

 

La regulación de la circulación por los carriles bici es competencia de los ayuntamientos. No obstante, ante cualquier accidente, primero hay que acudir a lo establecido por el Reglamento de Circulación, después a las indicaciones de la DGT y en último lugar, a la ordenanza específica que exista en cada ayuntamiento.

 

La existencia de carril bici no garantiza que no se produzcan accidentes entre bicicletas y peatones, o de estos con otros vehículos. Así que en estos casos, también es muy importante conocer las circunstancias en las que se ha producido el accidente para determinar quién es el responsable y saber si la víctima puede reclamar una indemnización.

 

¿Cuándo puede pedir un ciclista indemnización en caso de atropello?

 

En los casos en los que un ciclista resulta lesionado a causa de un atropello, este podrá reclamar una indemnización si:

  • El responsable único del siniestro es un vehículo a motor, entonces su aseguradora será la que se haga cargo de indemnizar al perjudicado.
  • Existe concurrencia de culpas, es decir, cuando el ciclista y el vehículo hayan tenido cada uno parte de responsabilidad en el accidente. El ciclista podrá reclamar una indemnización en proporción al porcentaje de culpa que tenga.
  • El accidente se ha producido donde el ciclista tiene preferencia para circular, como por ejemplo el carril bici.

 

Si eres ciclista, ¿en qué casos eres culpable?

 

Ante la presencia de ciclistas, el resto de conductores deben circular con más cuidado, pero los ciclistas, por su parte, deben respetar las normas de circulación. Por tanto, un ciclista será culpable de un accidente y por tanto, de las lesiones y daños que ocasione, en los siguientes casos:

  • Si no respeta las señales de tráfico, los semáforos o los pasos de cebra para peatones.
  • En caso de que no exista carril bici y circule por la calzada, si no lo hace por la derecha o por el arcén.
  • Cuando no señale claramente la dirección de sus movimientos.
  • Al no utilizar elementos reflectantes o luces que le hagan visible, tanto de día como de noche, para el resto de conductores.
  • En caso de que realice un adelantamiento por la derecha.
  • Si se coloca en los ángulos muertos del coche y su conductor no puede verle.
  • Al utilizar el móvil o cascos con música mientras conduce la bicicleta.
  • Cuando no respete el límite máximo de velocidad.
  • Si va bajo los efectos del alcohol o las drogas.

 

¿Es obligatorio para un ciclista tener seguro?

 

Muchas veces se ha comentado que la DGT pretende imponer a los ciclistas la obligatoriedad de tener un seguro y un permiso de circulación. Sin embargo, a pesar de que pueda ser algo lógico, a día de hoy no existe ninguna norma que les obligue a ello.

 

A pesar de ello, si eres ciclista, es muy recomendable que cuentes con una póliza de seguros que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil frente a terceros. Para que en caso de sufrir un accidente con un peatón, otro ciclista o un vehículo a motor, la aseguradora asuma los daños físicos y materiales ocasionados, al igual que sucede con el resto de vehículos.

 

Cálculo de indemnizaciones por accidente en bicicleta

Al igual que en cualquier otro accidente, el cálculo de la indemnización por accidente en bicicleta se hace en base al baremo de accidentes de tráfico, que establece un sistema para valorar los daños y perjuicios sufridos en un siniestro. Dicho sistema, recoge las cantidades que se deben pagar en caso de indemnización por incapacidad temporal, por fallecimiento o por secuelas permanentes.

 

En casa uno de estos casos, se distinguen diferentes partidas en función del tipo de daño o perjuicio sufrido:

  • Periodo de incapacidad temporal. Durante los días que van desde el accidente de bici hasta que se recibe el alta médica, se asigna una cantidad en función del perjuicio ocasionado cada uno de esos días: muy grave, grave, moderado o básico.
  • Secuelas o incapacidad permanente. La cantidad variará en función de los puntos que se asignen a cada una de las secuelas, tanto funcionales como estéticas, que padezca el ciclista tras la finalización del tratamiento de rehabilitación y el alta.
  • Perjuicio económico. Aquí se compensarán los daños materiales sufridos, los gastos extra sufragados y los ingresos que se han dejado de percibir tras el accidente en bicicleta.

 

No obstante, en los accidentes de bicicleta, al no contar los ciclistas con un seguro, para acreditar el perjuicio material sufrido en el siniestro hay que realizar una peritación de la bicicleta y equipos dañados.

 

Peritación

 

En el caso de que el ciclista haya sufrido daños en la bicicleta, la equipación o sus objetos personales a causa del accidente, podrá reclamar a la aseguradora del vehículo responsable una indemnización para la reparación o sustitución de los mismos. Para ello, habrá que realizar una peritación o peritaje que sirva como prueba documental del valor económico de los daños ocasionados por el siniestro.

 

Contar con un informe elaborado por un especialista en bicicletas, servirá al perjudicado para obtener una indemnización justa por parte de la aseguradora y también en caso de que haya que iniciar una reclamación judicial.

 

Lesiones más frecuentes

Las lesiones más frecuentes que puede padecer un ciclista tras tener un accidente de bici y por las que se puede reclamar una indemnización son estas:

  • Lesiones en la zona del cuello como: hernias o fracturas discales, daños en los tendones o pinzamiento en los nervios.
  • Fracturas de muñeca, brazo, pierna, cadera o clavícula, así como dislocación de mandíbula, dedos, hombro, cadera o rodilla.
  • Contusiones o hematomas.
  • Laceraciones graves.
  • Lesiones nerviosas o parálisis.
  • Lesiones cerebrales traumáticas.